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Sin novedad en los resultados de Tianguistengo 

Oscar Raúl Pérez Cabrera
2 Min de Lectura
Archivo

En sesión del Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH), se resolvió declarar infundada la acusación interpuesta en contra de Febronio Rodríguez Villegas para ocupar el cargo de presidente municipal del ayuntamiento de Tianguistengo, debido a que al ser docente de primaria se encuentra en la excepción que marca la ley sobre las renuncias que deben hacer los funcionarios públicos para poder contender en la elección. 

En el juicio TEEH-JDC-258/2024, la parte actora argumentó la inelegibilidad de Febronio Rodríguez Villegas debido a que no se separó de su cargo adscrito a la supervisión escolar. Sin embargo, en la ponencia presentada se argumentó que en el artículo 128, de la Constitución local, “establece que para ser integrante del ayuntamiento, se requiere no desempeñar un cargo en el gobierno federal, estatal o municipal en la circunscripción del municipio, a menos que se separen con al menos sesenta días naturales de anticipación al día de la elección, exceptuando a los docentes”.

Por lo que debido a que la actividad de Rodríguez Villegas encuadra en la excepción, ya que su participación es dentro del ámbito de la docencia como maestro de grupo de primaria, se estima su elegibilidad para ostentar el cargo para el cual fue electo.

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