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viernes, marzo 28, 2025

Inicia elección de delegados municipales en Zempoala

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Zempoala, Hgo.- El ayuntamiento de Zempoala dio inicio al proceso de cambio de delegados municipales, tanto de comunidades como de la cabecera municipal, con la apertura de la convocatoria para ser elegidos el mes de marzo del presente año.


En la sesión ordinaria de cabildo, fue aprobada por unanimidad la convocatoria para elegir a los nuevos delegados municipales, que desempeñarán funciones de promoción social de cada una de las comunidades que se encuentran dentro de la demarcación municipal para el periodo 2025-2026, informó el presidente municipal Francisco Sinuhé Ramírez Oviedo.

Los delegados municipales, de conformidad con la Ley Orgánica del Municipio, son autoridades auxiliares de la administración pública local en sus respectivas jurisdicciones en materia de planeación, programación, evaluación, control y seguimiento, así como de seguridad pública.

Asimismo, el alcalde Ramírez Oviedo, especificó que estos organismos coadyuvan a la promoción de sus comunidades, mediante la cooperación de los habitantes en la realización de obras de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos en centros de población, así como actividades sociales de impacto benéfico en pro del desarrollo.

Los requisitos para ser candidato a delegado o suplente, son: ser ciudadano del municipio o localidad, estar en pleno goce de sus derechos políticos y ser vecino del municipio respectivo con residencia efectiva o binacional durante el periodo de seis meses, inmediato o anterior a la fecha de la elección.

Además, estar inscrito en el Registro Federal de Electores y tener la correspondiente credencial para votar, al tiempo de no estar comprendido en las causas de impedimento establecidas en los artículos 16 y 17 de la Constitución Política del Estado, como estar sujeto a proceso criminal por delito que merezca pena corporal o contar con auto de formal prisión.

Otro de los requisitos es no desempeñar algún cargo público con función de autoridad de la federación, estado o municipio, como secretario, subsecretario y director, así como encargados de despacho o equivalentes, a menos que se separe de sus funciones noventa días antes de la elección.

Además, es de vital importancia no ser miembro de alguna corporación de seguridad pública de la federación, del estado o municipio y no estar en el servicio activo en el Ejército Nacional, salvo que se hubiese separado del desempeño de sus funciones noventa días anteriores a la fecha de la elección.

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