“No es cierto que el juicio de amparo haya sido eliminado, permanece como una herramienta clave para la defensa de los derechos humanos. Como ocurre en muchos casos, los abusos han provocado intentos por limitarlo; tal vez no sea el mejor camino, pero se pueden entender las razones”, indicó Ulises Pacheco Gómez, docente de la licenciatura en Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH); lo anterior ante la reforma a la Ley de Amparo.
Explicó entre los aspectos positivos, la digitalización del trámite, que aseguró permitirá a la ciudadanía presentar y dar seguimiento a sus demandas vía electrónica, lo que reducirá costos, tiempos, uso de papel, pero sobre todo, ayudará a controlar prácticas abusivas de grandes contribuyentes, sin afectar derechos individuales, ya que muchas empresas ingresaban demandas de amparo en el mismo sentido en varios juzgados; asimismo destacó la regulación del interés legítimo, incorporado desde 2011.
Precisó que aunque la redacción inicial de la propuesta presidencial generó temores ante un posible retroceso, los ajustes hechos por el Senado de la República se alinearon con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2014, preservando la defensa de derechos colectivos y difusos, como los ambientales o de salud.
También apuntó que, uno de los puntos más sensibles de esta iniciativa era la retroactividad de la ley, especialmente en juicios ya iniciados, ya que el transitorio tercero no era claro, pero tras un llamado de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, se corrigió y se ha eliminado, de tal manera que la nueva ley solo aplicaría a los juicios que comiencen después de su entrada en vigor, no a los anteriores.
Detalló que como parte de los cambios que buscan mejorar el funcionamiento del juicio de amparo, se establecen plazos más estrictos para que las y los jueces emitan resoluciones, lo cual podría traducirse en mayor agilidad procesal.
Además, dijo que se restringe el uso de la suspensión del acto reclamado, sobre todo en materia fiscal y prisión preventiva, porque este recurso se ha utilizado de manera estratégica para prolongar actos ilícitos o entorpecer políticas públicas.
Por el contrario el profesor del Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades (ICSHu), precisó que uno de los puntos que podría enviar un mensaje negativo a la ciudadanía es la eliminación de las sanciones previstas para quienes incumplan, pues genera la impresión de que las sentencias de amparo ya no tienen el mismo peso de antes, cuando no acatarlas podía llevar a la cárcel, consecuencia que ahora desaparece.
Finalmente subrayó que ahora que la Cámara de Diputados analiza la propuesta, lo ideal es que hagan ajustes para no castigar a la mayoría por los excesos de unos pocos, para que al enviarse al Senado, impacten positivamente en la Ley de Amparo Reglamentaria, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.