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domingo, diciembre 22, 2024

El derecho de las personas a cuidar, a ser cuidadas y a ejercer el autocuidado

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IGUALDAD SUSTANTIVA, EMPODERAMIENTO EFECTIVO

Ante una crisis permanente en el ámbito de los cuidados, se vuelve crucial revisar y reestructurar su organización social y la fragilidad de los sistemas de protección social en la región, y en especial en nuestro país. La falta de acción podría intensificar la pobreza y vulnerabilidad, especialmente debido al envejecimiento poblacional y otros factores demográficos y climáticos. A diferencia de otros sectores, el empleo en el sector de los cuidados está en aumento, incluso con la incorporación de tecnologías.

Al respecto, el Panorama Social de América Latina y el Caribe 2024, elaborado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, expone que el cuidado abarca actividades esenciales para la vida y se manifiesta en formas tanto directas como indirectas, implicando relaciones sociales y desarrollándose en diversos contextos, como hogares y servicios comunitarios. 

Señala que, para abordar este desafío, se propone la implementación de políticas de cuidados que integren marcos normativos, servicios, financiamiento y una regulación adecuada, promoviendo una nueva organización social que reconozca y valore el trabajo no remunerado. La interrelación entre políticas de cuidados y protección social es esencial para mejorar el bienestar y reducir desigualdades.

Y es que los sistemas de protección social en América Latina han ignorado tradicionalmente las necesidades de cuidados, lo que perpetúa desigualdades y dificultades para las mujeres. La implementación de políticas integrales y el reconocimiento del trabajo de cuidados son pasos necesarios para mejorar las condiciones de quienes cuidan y quienes necesitan cuidados.

En este sentido es de alta importancia la participación ciudadana y el enfoque interseccional en el diseño y ejecución de estas políticas, que deben ser parte fundamental de las estrategias de desarrollo para lograr la igualdad de género y social.

Los Estados deben reconocer el derecho de todas las personas a cuidar y ser cuidadas, bajo principios de igualdad, universalidad y corresponsabilidad, asegurando así la sostenibilidad de la vida humana. El derecho al cuidado, que incluye el derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado, es fundamental en el marco de los derechos humanos y aplica a todas las personas, independientemente de su vulnerabilidad. 

Este derecho, sustentado en principios de igualdad y corresponsabilidad, es esencial para la sostenibilidad de la vida humana y del medio ambiente. Reconocerlo implica valorar el trabajo de cuidados, predominantemente realizado por mujeres, y promover una distribución equitativa de estas responsabilidades entre géneros.

La interdependencia de las personas demuestra que todos necesitamos y proporcionamos cuidados en diferentes etapas de la vida. Sin embargo, el cuidado a menudo no es remunerado para las mujeres y puede afectar negativamente las oportunidades y el bienestar de quienes lo brindan. A nivel internacional, el derecho al cuidado ha sido reconocido en diversos instrumentos de derechos humanos y se ha ido expandiendo de un enfoque inicial en la vejez y maternidad a una perspectiva más holística.

Tomadoras y tomadores de decisiones: 

Es muy urgente diseñar políticas integrales que respeten los derechos de quienes cuidan y son cuidados, con un enfoque en la interseccionalidad e interculturalidad, considerando que la implementación de un enfoque de derechos humanos en el cuidado ha dado lugar a principios fundamentales como la universalidad y la obligación de garantizar un contenido mínimo de derechos, así como la responsabilidad del Estado de hacer cumplir estos derechos.

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