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Captan a otro perrito viajando en el toldo de un vehículo

Jesús Riveros Martínez
3 Min de Lectura
Cortesía

TULANCINGO.- Fue ahora en el bulevar Quetzalcóatl del municipio de Tulancingo, donde se fotografió y grabó un perrito que viajaba sobre el toldo de una camioneta materialista, y aunque a la mascota se le ve a gusto durante el viaje, defensores de los derechos animales señalaron que no deja de ser una forma de maltrato animal, sobre todo por el riesgo que representa el llevarlo ahí.

La controversia se reavivó, luego de que el pasado fin de semana, un automovilista llevaba en una situación similar a su mascota, pero sobre la autopista México-Tuxpan, casi llegando a Huauchinango, amarrado a la canastilla del auto y bajo una intensa lluvia.

“Si retomamos la ley de protección a los animales, esta habla de que tienen que estar las mascotas en un espacio digno que no atente contra su seguridad, entonces claramente ahí, si pasa un tope mal, si frena por alguna situación, el animalito puede caer y su vida puede ponerse en riesgo”, señaló al respecto Cassandra Jiménez, activista animalista de La Jauría de Balú.

La activista se refiere a la Ley de Protección y Trato Digno para los animales en el estado de Hidalgo, que señala en uno de sus principios que: “Todo ser humano, tiene obligación de velar por el bienestar de los animales”.

Además, señala en el artículo 9, apartado IV, que corresponde a los municipios la facultad de promover y difundir una cultura cívica de protección, responsabilidad y trato digno a los animales.

También, el capítulo cuatro, que se refiere a la posesión de animales, artículo 13, manifiesta que: cualquier persona física o moral que adquiera un animal, deberá brindarle un espacio que cuente con las condiciones de seguridad y protección necesarias, adecuado para su tamaño según su especie y carácter propio de su raza, que le permita descansar, caminar y moverse con libertad.

En el artículo 22 bis, se consideran como actos de crueldad y maltrato animal con carácter doméstico, conductas como: no proporcionarles suficiente espacio y adecuado para su movilidad, esparcimiento y debida protección de acuerdo a las condiciones del cuidado de su especie.

Las faltas por este tipo de maltrato son sancionadas con una amonestación, una multa de 10 a 300 veces la Unidad de Medida y Actualización Vigente (UMA) y hasta 36 horas de arresto, de acuerdo con la misma Ley. 

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