IGUALDAD SUSTANTIVA, EMPODERAMIENTO EFECTIVO
Según datos y cifras del INEGI sobre la población LGBTI+ en México, la diversidad sexual y de género se refiere a todas las posibilidades que tienen las personas para expresar y vivir su sexualidad, sus preferencias u orientaciones, e identidades sexuales y de género.
Por primera vez, el INEGI publica datos sobre esta población con el propósito de promover una mejor comprensión y desarrollo de políticas de inclusión, estimando en 2021 que existen 97.2 millones de personas, la población LGBTI+ representa aproximadamente 5.0 millones de personas, lo que equivale al 5.1 por ciento de los mayores de 15 años de la población total.
De esa población, el 81.8 por ciento se asume por su orientación sexual, siendo bisexual la opción más frecuente, lo que representa el 51.7; el 7.6, por su identidad de género, destacando personas transgénero o transexuales que representan el 34.8; y el 10.6 por ciento de ambas.
La población LGBTI+ está concentrada principalmente en nueve entidades federativas, con el Estado de México como la que tiene mayor número de personas identificadas, además, en algunas entidades como Colima, Yucatán y Guerrero, la proporción de población LGBTI+ supera el 8 por ciento, mientras que en Baja California y Tamaulipas es del 3.3. Hidalgo se encuentra en el rango de 3.8 a 5.4 de la tasa porcentual.
Como lo reconoce el Informe de la violencia en contra de las personas de la comunidad LGBTIQ+ en México 2024, en la sociedad mexicana actual persisten diversos grupos poblacionales que continúan siendo objeto de discriminación y delitos de odio, enfrentando una falta de tolerancia por una gran parte de la población. Estas personas, en su vida cotidiana, padecen diferentes acciones que atentan contra su dignidad y, en un sentido más amplio, constituyen comportamientos que vulneran y limitan el pleno ejercicio y disfrute de sus derechos humanos.
Un delito de odio es motivado por intolerancia, prejuicios o animadversión que niegan dignidad, y derechos personales y colectivos a aquellos que se estiman diferentes. El término “crimen de odio” está reservado para los delitos más graves, especialmente homicidios y asesinatos, fundamenta en el prejuicio y se liga a manifestaciones de odio racial, nacional, sexual, étnico, religioso o a otras formas de comportamiento que discriminan a ciertas personas.
Los delitos de odio en México, expresan casos recientes y su impacto social evidencia que estas agresiones suelen ser violentas y extremas, incluyendo asesinatos, lesiones graves y violencia estructural, con una saña particular contra la expresión de género.
Existen casos emblemáticos, como el asesinato de la activista trans Samantha Gómez Fonseca, y otros de mujeres trans como Miriam Noemí Ríos y Gaby Ortiz, quienes fueron víctimas de violencia mortal y amenazas previas. Además, se reporta la violencia cotidiana, ejemplificada con el caso de Abraham Manríquez, quien enfrentó agresiones físicas y digitales por su orientación sexual y discapacidad.
En conjunto, estos hechos evidencian la persistencia de los muchos crímenes de odio en México y la necesidad de medidas para su prevención y justicia en la persistente discriminación y sus graves consecuencias en la salud física y mental de estas poblaciones, así como en su acceso a derechos básicos como la igualdad, la justicia, la salud y el reconocimiento legal de su identidad.
Aunque existen avances normativos, aún falta implementar políticas públicas efectivas, mecanismos de monitoreo y acciones afirmativas que garanticen su plena inclusión.
Diversas voces, como las de organizaciones civiles y funcionarios, coinciden en que es fundamental visibilizar y reconocer la diversidad, eliminar prejuicios y estigmas, y promover una mayor protección y respeto en todos los ámbitos sociales, especialmente en instituciones como las cárceles.
¡Respetemos a la diversidad sexual!