Vamos a pensar…

Vamos a pensar…

Entre líneas

En vísperas de la campaña electoral, durante sesenta días (del 3 de abril al 1º de junio), las y los hidalguenses viviremos una época de promesas, de propuestas, de conquista y convencimiento, para que demos el “sí” el día de la jornada electoral, 5 de junio. 

Sin embargo, durante esos dos meses, la atención debe centrarse no solo en lo que hacen quienes se postulan a ocupar la representación del Poder Ejecutivo Estatal -que regularmente es lo que se hace- sino debe visualizarse lo que hacen todas las personas dentro y fuera de la comunidad, que pueden influir en las elecciones.

Por ello, es importante recordar que, a partir del 30 de julio de 2018, quedaron derogados los delitos electorales del Código Penal del Estado de Hidalgo, y ahora se concentran en una Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Esta Ley, aplicable para todo el país, establece en 17 artículos (del 7 al 20 bis) cuales son las conductas ilícitas, que deben denunciarse, las cuales pueden ser clasificadas por momentos (durante la campaña electoral, la veda electoral y la jornada electoral), o por quien las comete (cualquier persona, funcionarias o funcionarios electorales o partidistas, candidatas o candidatos, servidoras o servidores públicos, ministras o ministros de culto y fedatarias o fedatarios públicos.

Como ejemplo, durante la campaña electoral, quien recoja las credenciales para votar, pague por votos o prometa prestaciones por votos, presione para que se asista a un evento proselitista, amenace con suspender los beneficios de un programa social, proporcione fondos extranjeros para campañas, altere costos de las facturas y documentos sobre los gastos de campaña, provean bienes y servicios a las campañas sin ser proveedores autorizados, puede ser sancionado hasta por tres años de prisión.

Así mismo, durante la veda electoral –los tres días previos a votar- (2, 3 y 4 de junio) quienes publiquen o difundan resultados de encuestas o sondeos, igualmente pueden ser sancionados.

Mientras que, durante la jornada electoral, quien vote sin tener los requisitos para hacerlo, vote más de una vez, haga proselitismo o presione a los votantes en la casilla, retenga credenciales, pida evidencia de en qué sentido se emitió el voto, vote con una credencial que no es suya, transporte a los votantes para influir en el sentido de su voto, robe, destruya, altere, venda o adquiera los documentos o material electoral, o interfiera en su entrega o traslado, impida que se instale la casilla o intimide a los electores para acceder a ésta, se abran los paquetes electorales o se usurpe el carácter de funcionario de casilla, también puede sancionarse.

Por lo anterior, es que se debe tener los ojos bien abiertos para que todas aquellas personas que transgredan la citada ley, sean sancionadas, y sobre todo, sean denunciadas en forma oportuna, ya que de no hacerlo y “normalizar” dichas conductas porque “así se ha hecho o se hace” fomenta la corrupción e impunidad de quienes actúan en forma ilícita. 

Así que, nos toca pensar, no sólo en quién es la persona más apta y calificada para ejecutar un gobierno estatal que reubique a Hidalgo, de ser uno de los estados más pobres y con menos oportunidades de trabajo (entre Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Tlaxcala y Puebla) –según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo de INEGI-. 

Por todo ello… vamos a pensar…y actuar, pues como decía el filósofo, político, abogado y escritor inglés Francis Bacon: “Quien no quiere pensar es un fanático; quien no puede pensar, es un idiota; y quien no osa pensar es un cobarde.”