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Uso obligatorio de cubrebocas en Santiago Tulantepec

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El lunes fue publicado en el Periódico Oficial de Hidalgo, el decreto que establece el uso de cubrebocas, y la prohibición el consumo de alimentos en vías y espacios públicos del municipio de Santiago Tulantepec.

El decreto puntualiza que los comerciantes fijos, semifijos y ambulantes que vendan alimentos preparados, deberán comercializar sus productos debidamente empaquetados para que sean llevados a domicilio, “será su responsabilidad asegurarse que sus clientes no los consuman en el lugar de venta o en el perímetro de éste”.

Se establece que todos los comerciantes que ejerzan sus actividades en Santiago Tulantepec, así como sus empleados y dependientes, durante sus labores, deberán usar correctamente y obligatoriamente el cubrebocas, y proporcionar gel antibacterial a todos sus clientes, además de usar cofia, “la persona que maneje dinero, deberá usar guantes”.

Restaurantes, loncherías, fondas y todos los locales de venta de alimentos, únicamente pueden vender alimentos en el establecimiento con un porcentaje del 30% del total de su capacidad incluyendo personal que se encuentre en laborando.

Aunado a estas medidas, es de manera obligatoria el uso obligatorio de cubrebocas en vía pública, con la única finalidad de evitar que la Incidencia de contagios por influenza estacional y Covid-19 se eleve.

Se estipuló que las personas que incumplan con la portación adecuada de cubrebocas, se harán acreedoras a sanciones que van desde una amonestación con apercibimiento, hasta una multa equivalente al valor de Unidad de Medida y Actualización (UMA) que es de 89.62 pesos, en caso de reincidencia, se harán acreedores a arrestos hasta por cinco horas.