STPS en espera para el traslado de la Junta de Conciliación

Al Poder Judicial
Luego de aprobarse el Proyecto que consiste en transferir a los poderes judiciales de la federación y de las entidades los asuntos que se presentan en las juntas  federales y locales de conciliación y arbitraje

Luego de aprobarse el Proyecto de decreto en el que se reforman y adicionan los artículos 107 y 122 de la Constitución en materia de Justicia Laboral, que consiste en transferir a los poderes judiciales de la federación y de las entidades los asuntos que se presentan en las juntas  federales y locales de conciliación y arbitraje, la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Gobierno del Estado (STPS), María de los Ángeles Eguiluz Tapia, manifestó que esperan la aprobación en los Congresos locales.
“Nada más estamos esperando la aprobación en las legislaturas de los estados para que se implemente el  transitorio de la Reforma que dice que es un año para el traslado de las juntas a los poderes judiciales de los estados”, dijo.
Eguiluz Tapia precisó que la Junta de Conciliación y Arbitraje es una unidad administrativa dentro de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) que se encarga de dirimir las controversias obrero patronales cuando se da una relación laboral entre particulares.
Detalló que no obstante que el área sea trasladada, de acuerdo con la reforma, la secretaría se queda con los Centros de Conciliación y el Tribunal de Arbitraje; “los tribunales de arbitraje se quedan dentro y se traslada la justicia laboral a los tribunales del Poder  Judicial”.
Respecto al personal que labora en la unidad que será trasladada, manifestó que es un tema que será abordado en la reforma  la ley secundaria en materia de justicia laboral, “El personal es un tema que todavía no lo tenemos cierto, todavía falta la reforma a la ley secundaria, hasta el momento lo desconocemos, no sabemos si vaya a ser de esas manera, apenas se trabaja en esa situación, una vez que esté la reforma se tendrá que venir la serie de modificaciones a las leyes secundarias”.

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