• En el último trimestre de 2016, 43.9% de las mujeres que tienen o tuvieron una pareja, sea por matrimonio, convivencia o noviazgo, han sido agredidas por su relación; asimismo, en espacios como la calle, el parque y el transporte
En el artículo 4 de nuestra Constitución mexicana se establece que el varón y la mujer son iguales ante la Ley, pero en la práctica, a nivel nacional como internacional, la mujer se encuentra en un estado de desventaja en todos los sentidos con relación al hombre. Por cuanto hace a México, que es catalogado como un país donde impera el machismo, definido como una desigualdad de poder, el hombre, lleno de mitos familiares y sociales, en definitiva es quien hace valer sus “derechos” a costa del sacrificio de la mujer y sus hijos, generando un estado de vulnerabilidad y desventaja, traducido en una manera de ejercer violencia contra las mujeres.
Sin embargo, la violencia contra las mujeres no sólo se da en el ámbito familiar o de pareja; también se manifiesta en los ámbitos laboral, escolar y comunitario.
Según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en el último trimestre de 2016, 43.9% de las mujeres que tienen o tuvieron una pareja, sea por matrimonio, convivencia o noviazgo, han sido agredidas por su relación; asimismo, en espacios como la calle, el parque y el transporte, entre otros, 38.7% de las mujeres fueron víctima de actos de violencias por parte de desconocidos; por otro lado, 26.6% de las mujeres que trabajan o trabajaron alguna vez han experimentado algún acto violento, principalmente de tipo sexual y de discriminación por razones de género o por embarazo; al igual, de las mujeres que han asistido a la escuela, 25.3% enfrentaron violencia por parte de compañeros, compañeras y maestros, entre otros, durante su vida de estudiantes.
Día a día se van detectando nuevas formas de violencia contra las mujeres, como consecuencia de la transformación social y las nuevas formas de comunicación.
Para tener un panorama de lo que es la violencia contra las mujeres, se toma en cuenta la definición del artículo 5 fracción IV de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que la describe como cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público; dicha violencia puede ser psicológica, física, patrimonial, económica, sexual y todas aquellas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres, como la violencia obstétrica y el abuso sexual en la infancia; algunas se dan con más frecuencia que otras, pero lo más preocupante es que todos estos tipos de violencia pueden darse contra una misma mujer.
Muchas veces las mujeres víctimas de violencia no denuncian por miedo, por minimizar el problema, porque no saben dónde denunciar, por los hijos o por temor a que digan que ella tiene la culpa o se lo merece; es decir, las mujeres, aparte de ser violentadas en su persona, se enfrentan a los prejuicios y mandatos sociales que la revictimizan.
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