Renunciar al fuero es competencia única del Poder Legislativo

PIDEN MESURA A PRESIDENTES MUNICIPALES

●    De pronto todos quieren renunciar a ese derecho constitucional, como hizo el alcalde de Tolcayuca, quien debe hacer la solicitud formal al Congreso del estado

La diputada presidenta de la Junta de Gobierno de la 63 Legislatura,  María Luisa Pérez Perusquía, señaló que referente a la manifestación en contra del fuero constitucional que hizo público el presidente municipal de Tolcayuca, Humberto Mérida de la Cruz, junto con su Asamblea Municipal, el único que tiene la facultad jurídica para realizar dicha acción es el Poder Legislativo, por lo que solicitó mesura al edil.

Pérez Perusquía  reconoció la manifestación que hiciera algunos días el gobernador de la entidad, Omar Fayad Meneses, a la que “seguramente” se quisieron sumar los funcionarios de Tolcayuca, sin embargo, aseveró que la facultad compete a la 63 Legislatura, por lo que enfatizó que es importante y necesario que los diputados conozcan del tema y en todo caso se trabaje en la propuesta antes señalada.

Por su parte, el diputado Ernesto Vázquez Baca, del grupo parlamentario del PRI, y presidente de la Comisión Permanente de Gobernación, reconoció la intención del municipio de “sumarse a la propuesta del gobernador Omar Fayad”, aunque resaltó que hasta el momento el tema ha sido sólo mediático.

Y en este sentido, conminó a los presidentes municipales a presentar de manera formal su solicitud ante la 63 legislatura, ya que aunque los municipios gozan de autonomía no pueden sobrepasar las facultades que competen a este poder.

“El presidente no vino aquí; el Congreso es la institución correcta para recibir cualquier iniciativa de ley emanada por los ciudadanos. El presidente está en su justo derecho de expresarse pero debe hacerlo por la vía conducente, porque es una cuestión de atracción jurídica y los municipios no tienen esa facultad”, destacó.

Finalmente, Vázquez Baca, argumentó “si bien, en el artículo 115 constitucional se manifiestan las atribuciones que tiene un municipio así como en la Constitución Política del Estado de Hidalgo, tendría que analizarse qué apartado menciona este tipo de situaciones dentro de la Ley Orgánica Municipal, sin embargo, no deben adelantarse a los tiempos legales”.

CITA:
Los presidentes municipales deben presentar de manera formal su solicitud (para renunciar al fuero) ante la 63 legislatura, ya que aunque los municipios gozan de autonomía no pueden sobrepasar las facultades que competen a este poder.

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