
Con el objetivo de que personal de salud no sea acusado por el delito de instigación o ayuda al suicidio, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) propusieron adicionar el artículo 153 Bis, al Código Penal del estado de Hidalgo, y que el personal médico esté excento a penas de hasta siete años de prisión por dicho delito.
Al respecto, el diputado, José Luis Espinosa Silva, explicó: “se propone que no constituyan delito de instigación o ayuda al suicidio, las conductas realizadas por el personal de las instituciones de salud facultados, para los efectos del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Hidalgo”.
Y agregó “si un enfermo terminal considera que su vida debe concluir, puede proceder en consecuencia, en ejercicio de su libertad, sin que el Estado esté habilitado para oponerse a su designio, ni impedir, a través de la prohibición o de la sanción, que un tercero le ayude a hacer uso de su opción”.
Por lo anterior, el diputado aseveró que nadie podrá oponerse a la decisión de morir que tome la persona que no desea seguir viviendo, porque sufre una enfermedad terminal que le produce dolores insoportables, incompatibles con su idea de dignidad, y el personal médico al que sea recurrido deberá atender la situación sin temor a ser acusado posteriormente por el delito de instigación o ayuda al suicidio.
Finalmente, cabe destacar que de aprobarse esta reforma, “tampoco serán punibles las conductas suscritas y realizadas por el solicitante o representante, conforme a las formalidades y requisitos del Documento de Voluntad Anticipada para efectos del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de Hidalgo”.