“Quien imparte la justicia en México, ¿Tiene Perspectiva de Género?”

“Quien imparte la justicia en México, ¿Tiene Perspectiva de Género?”

IGUALDAD SUSTANTIVA, EMPODERAMIENTO EFECTIVO

En agosto del 2019, se llevó a cabo la firma de un memorando de entendimiento entre la Secretaría de la Función Pública (SFP) y ONU Mujeres, a fin de garantizar la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres de forma transversal en toda la Administración Pública Federal, enfocando cinco grades temes, de entre ellos el Fortalecer el combate a la corrupción e impulsar una cultura de transparencia y rendición de cuentas con perspectiva de género. 

Para tal fin, la Secretaría en mención estaría recibiendo acompañamiento para impulsar la igualdad de género y empoderamiento de las mujeres al interior de la dependencia y por consecuencia en toda la Administración Pública Federal para que las mujeres se desempeñaran en ambientes libres de violencia. Este convenio formó parte de los principios rectores del Plan Nacional de Desarrollo.

La importancia de que el combate a la corrupción y rendición de cuentas fuera uno de los objetivos específicos del Memorando de entendimiento, está enfocado en el acompañamiento de ONU Mujeres a la SFP para fortalecer las acciones que realicen siempre con un enfoque de perspectiva de género.

La perspectiva de género en este tema es fundamental, ya que los efectos de la corrupción no son neutros e impactan de manera grave y diferenciada a los grupos de población que por diferentes circunstancias, pueden encontrarse en mayor situación de vulnerabilidad. Particularmente, en el caso de las mujeres y las niñas, quienes enfrentan distintas formas de discriminación: por género, por su pertenencia étnica, condición de discapacidad, pobreza, ciclo de vida, orientación sexual e identidad de género. 

Las acciones que realice la SFP en el marco de este Memorando están vinculadas con lo establecido en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), que en su artículo 7 señala que los Estados Parte deberán tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizando, una vida libre de violencia, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales. 

Memorando que en muchos de los casos no se ejerce desde la alineación entre las políticas públicas de orden federal, estatal y municipal, pues existen muchos casos en los que, los servidores públicos imparten la justicia desde sus propias concepciones afectadas de ideas machistas, patriarcales, y hasta misóginas, omitiendo la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones y atribuciones. 

Tan sólo a fines del 2022, la violencia contra las mujeres en México presentó 127,424 de violencia intrafamiliar, que además de las cifras son altamente alarmantes, los servidores públicos de orden municipal, estatal y federal forman parte, debido a que estamos hablando que muchos de los impartidores de justicia son agresores de violencia intrafamiliar.

Por lo que, desde las leyes vigentes, deberíamos contar con servidores públicos que impartan justicia con la incorporación de perspectiva de género con ética, para resolver los asuntos jurisdiccionales, sin menoscabo de la independencia e imparcialidad judicial. 

¿Quién protege a estos servidores públicos?

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