EN HIDALGO
*La cadena de autoservicios deberá eliminar las bolsas en el área de frutas y legumbres, además de las utilizadas para la venta de carnes frías
De forma definitiva, un juez negó el segundo amparo promovido por la empresa Nueva Walmart de México, en el cual ahora deberá acatar las disposiciones de la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Hidalgo, es decir, deberá eliminar las bolsas del área de frutas y legumbres, así también de las usadas para la venta a granel de carnes frías.
De acuerdo con el fallo emitido el pasado 20 de septiembre por el juez primero de Distrito del Estado de Hidalgo, se resolvió que “la Justicia de la Unión no ampara ni protege a Nueva Walmart de México en contra de las autoridades y por los actos que quedaron precisados en el resultando primero y considerando segundo, por las razones expuestas en esta determinación”.
Cabe precisar que el punto de la ley de gestión de residuos por el cual la cadena de supermercados solicitó el amparo es la fracción XVI del artículo 44, el cual prohíbe que tiendas de autoservicio proporcionen plásticos como bolsas, popotes, vasos, charolas, cubiertos, platos, agitadores y tapas, entre otros, con el fin de envolver, transportar, cargar o trasladar productos o mercancías, vigente desde el pasado 15 de abril.