Home Nación Necesaria, la “homogeneidad” del nuevo sistema penal: Corte

Necesaria, la “homogeneidad” del nuevo sistema penal: Corte

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Igualmente, invalidó los artículos 12 y 13 de la Ley para la Administración de Bienes Decomisados o Abandonados del estado de Hidalgo. Los ministros establecieron que dicha norma era inconstitucional al invadir la esfera de competencia del Congreso de la Unión

 

México, DF.- La transición del modelo de justicia penal inquisitorio al acusatorio y oral –que debe entrar en vigor en todo el país a más tardar el 18 de junio de 2016–, hace necesaria la “homogeneidad normativa” para la eficaz operatividad del nuevo sistema, estableció el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “las profundas diferencias entre una entidad y otra impactan en la calidad de la justicia”, agregó.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad en la que invalidó los artículos 12 y 13 de la Ley para la Administración de Bienes Decomisados o Abandonados del estado de Hidalgo, los ministros establecieron que la dicha norma era inconstitucional al invadir la esfera de competencia del Congreso de la Unión, con el pretexto de incluir “normas complementarias necesarias para la implementación del Código Nacional Penal que entrará en vigor en todo el país.

Ministros rechazaron la intención de los legisladores hidalguenses de determinar que “el aseguramiento de bienes deberá notificarlo al interesado o su representante legal o personalmente o por edictos dentro de los 60 días naturales a la ejecución para que manifieste lo que a su derecho convenga; que dicha notificación deberá contener el apercibimiento correspondiente, para que el interesado no ejerza actos de dominio sobre los bienes asegurados, para lo cual contará con un plazo de 90 días porque de lo contrario los bienes serán considerados como abandonados.

El ministro instructor, Jorge Pardo Rebollo recordó que el cinco de marzo de 2014 se expidió en el Diario Oficial de la Federación el Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual entrará en vigor en junio próximo, el cual señala las normas a observarse en la investigación, procesamiento y sanción de los delitos. Todos los aspectos de dichos rubros ya están regulados y no pueden ser modificados por legislaciones locales.

El pleno decidió la invalidez de los artículos referidos surta efectos retroactivos al 10 de noviembre de 2014 –fecha que fueron promulgados–. (Agencias)