Afirma Ricardo Rivera que la participación de las Fuerzas Armadas en la vigilancia no deja en claro su temporalidad de funciones.
El presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) en Hidalgo, Ricardo Rivera Barquín, consideró que la participación del Ejército y las Fuerzas Armadas en las labores de seguridad pública podría representar efectos negativos sobre los derechos humanos de la población mexicana, ya que explicó que este decreto viola tratados y recomendaciones internacionales.
Sobre esto, en primer lugar comentó que el decreto presidencial que faculta al Ejército y a la Marina Armada en las labores de seguridad pública es una medida extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria a la Guardia Nacional, con una fecha de término hasta el 27 de marzo del 2024.
Por otro lado, Rivera Barquín afirmó que, a partir de este decreto, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) deberá coordinarse con la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) y la de Marina (Semar) para definir las acciones que complementarán a la Guardia Nacional; sin embargo, aseveró que se debe ponderar el efecto negativo que esta coordinación tendrá sobre los derechos humanos.
En ese sentido, refirió que dicho cambio está en contra de las recomendaciones por parte del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), y que por ello manifestó que el Estado mexicano debe vigilar que la intervención de las Fuerzas Armadas deben cumplir con ciertos requerimientos.
Además, expresó que la forma en que el Gobierno Federal realizó dicho decreto vulnera con el principio de reserva de Ley, ya que explicó que, de acuerdo con la Constitución, el Poder Ejecutivo no tiene la facultad de calificar el funcionamiento de la Guardia Nacional, labor exclusiva del Senado de la República.
Aunado a ello, el representante patronal consideró que se omitieron los mecanismos de fiscalización y rendición de cuentas que permitan verificar que las Fuerzas Armadas realicen las funciones de seguridad pública, y que los términos en que fue decretada dicha medida carecen de certeza jurídica, ya que determinó que no existen los supuestos dentro de las que caben las acciones del Ejército.