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LOS DE ADENTRO Y LOS DE AFUERA

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#ENTRE EL CALLEJÓN Y EL TENDIDO

    •    La última semana la Fiesta Brava ha debido de enfrentar nuevos episodios adversos en su cuestionada existencia.


Estimados Amigos, con el placer de saludarlos desde este espacio de Plaza Juárez. La pasada semana la Fiesta Brava ha estado nuevamente en el ojo del huracán. En primer lugar el tema generado por la protesta del Matador de Toros hidalguense Luis Gallardo, Presidente de la Federación Mexicana de Escuelas Taurinas, Vicepresidente de Tauromaquia Mexicana Capítulo Hidalgo, pero en su carácter de Vicepresidente de la Unión Mexicana de Toreros, A.C. quien hizo pública., en medios nacionales, una carta que dirigió a la Presidenta Municipal de Pachuca de Soto, Hidalgo Yolanda Tellería Beltrán, manifestándole su inconformidad por considerar que el cartel de la corrida celebrada el pasado domingo 17 de febrero violaba el Artículo 29 del Reglamento Taurino del Municipio de Pachuca de Soto, al anunciarse dos Matadores de Toros extranjeros y solamente un mexicano, sin embargo se abre la controversia, en cuanto a la redacción de dicho artículo que textualmente señala “tratándose de actuantes extranjeros, en cualquiera de las categorías señaladas en el Artículo 40 del Reglamento y considerados aisladamente cada una, éstos no podrán exceder del 50% de diestros y actuantes programados. Todos los carteles deberán estar integrados por el 50% de actuantes mexicanos como mínimo”, asegura el Matador Gallardo que se manifestó en defensa de los intereses de los toreros mexicano.
Sin duda es loable la postura del Matador a quien se le reconoce la versatilidad e sus quehaceres taurinos, estamos seguros que su actuar, como él lo señala, obedece única y estrictamente a la defensa de los coletas mexicanos y no protagonismo alguno, sin embargo creemos que bien pudo haber tratado este tema, tanto con la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, como con la Empresa de la Plaza de Toros Monumental “Vicente Segura”, por los conductos estrictamente legales, y, estricta apreciación de nosotros, no hacer público el tema, que lejos de solucionar su inconformidad le atiza a un fuego está terminando con la más Bella de las Fiestas, respetamos y aplaudimos la postura del Matador Gallardo como representante gremial de los toreros mexicanos, sin embargo no coincidimos con las formas utilizadas en este caso.
Por otro lado, el pasado lunes 18 se volvió a avivar en San Luis Potosí la controversia sobre la prohibición del acceso a las funciones taurinas en las plazas de aquella entidad luego que el presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género de la LXII Legislatura de aquella Entidad, diputado Pedro César Carrizales Becerra, se pronunció en apoyo a la iniciativa de reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí para prohibir expresamente la entrada de menores de edad a las corridas de toros o eventos taurinos, que presentara ante el Congreso del Estado el Colectivo Anti tauromaquia San Luis Potosí, basada en la tan llevada y traída recomendación de la ONU a través del Comité de los Derechos del Niño.
A este respecto debemos recordar a los legisladores potosinos que en León de los Aldama, Guanajuato, después de tres años de procedimientos en Tribunales Federales, el Cabildo del Municipio de León, Guanajuato, el pasado día 25 de septiembre último (2018), en cumplimiento a la sentencia del amparo 191/2014, dictada por el Juez Décimo Primero de Distrito en Guanajuato, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito, en que se discutió y votó la iniciativa del Regidor José de Jesús Vázquez García, integrante de la Comisión de Desarrollo Social, Educación, Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y Salud Pública del Ayuntamiento de León, se derogaron las fracciones VIII y XXI del Artículo 21 del Reglamento de Espectáculos y Festejos Públicos para el Municipio de León, fueron derogadas las fracciones VIII, que prohibía a los empresarios, promotores, organizadores de espectáculos públicos, sus representantes legales y personal bajo sus órdenes, permitir el ingreso de menores de catorce años de edad, a espectáculos taurinos y peleas de gallos. Así como la fracción XXI del Tabulador de Sanciones del Reglamento en cuestión que preveía la aplicación de multa a los empresarios que permitieran el acceso a menores a corridas de toros del importe de 70 a 100 días de salario mínimo por cada menor en las funciones taurinas.
Como ha sido ampliamente difundido, el Licenciado Leonés Fernando Vilches Muñoz, promovió este Juicio de Garantías en contra de la prohibición a los menores de 14 años a las corridas de toros, obteniendo el Amparo de la Justicia Federal a través de la sentencia emitida en referido expediente 191/2014 por el Juez Décimo Primero de Distrito y posteriormente ratificada en revisión, en la que se declaró que esta norma restrictiva era inconstitucional y no hay había suficiente sustento para tal prohibición. Así esta sentencia, crea un precedente en la defensa del derecho de los menores y sus familias a presenciar festejos taurinos. Ya no le busquen.
Por ahí nos vemos ENTRE EL CALLEJÓN Y EL TENDIDO si Dios lo permite.