Juntas de Conciliación y Arbitraje, al Poder Judicial

Con la aprobación de la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Juntas de Conciliación y Arbitraje, de los ámbitos estatal y federal, desaparecerán para que sus funciones sean asumidas por los tribunales laborales de los poderes judiciales.

Al respecto,  Daniel Andrade Zurutuza, diputado local por el Partido de Encuentro Social, puntualizó que las modificaciones fortalecen la vida democrática de los sindicatos, y eliminan del área de los poderes ejecutivos la justicia laboral, para pasarla a los poderes judiciales del ámbito federal y local, dando paso a fortalecer la independencia de la justicia laboral.

Dijo que con estas reformas y adiciones se crean los Centros de Conciliación en donde participarán figuras como el contratante, los sindicatos y los trabajadores para tratar de resolver el mayor número de conflictos posibles, por la vía de conciliación.

Además, apuntó, se incorpora la obligación de elegir a los dirigentes sindicales mediante el voto directo y secreto y se garantiza que los trabajadores puedan asociarse libremente ante quien mejor los represente.

“Se fortalecen los derechos laborales al transformar y modernizar el sistema de justicia laboral desde el ámbito federal hasta el local. Se establece un régimen transitorio que da pauta a la organización, funcionamiento, establecimiento y temporalidad de los mecanismos institucionales para su entrada en vigencia”, puntualizó Andrade Zurutuza.

En otro tema, durante la sesión de la LXIII legislatura, la diputada local Mayka Ortega Eguiluz, propuso reformar el artículo 14 en su fracción IX de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo para garantizar el acceso a los derechos sociales mediante mecanismos legales apropiados, sin discriminación ni exclusión para el goce de esos derechos.

Explicó que la presente iniciativa, es para precisar que dentro del principio de “Diversidad” de la Política Social debe realizarse con el objeto de superar situaciones de discriminación, promoviendo el desarrollo en un entorno con respeto a las diferencias.

“La iniciativa tiene su fundamento en el ámbito internacional, en el artículo cuarto de la Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, puntualizó.

 

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