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Hasta ocho años de cárcel por ciberacoso

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Hasta ocho años de cárcel por ciberacoso

Con el objetivo de castigar a aquellas personas que, aprovechando el anonimato en internet, cometan actos que van desde el ciberacoso, hasta la corrupción de menores, Alejandro Enciso Arellano, diputado de la fracción del Partido Revolucionario Institucional (PRI), propuso adicional el artículo 270 Bis al Código Penal del Estado de Hidalgo. 

El diputado destacó que de aprobarse la iniciativa, se castigará con una sanción de seis meses a cuatro años de prisión y multa de 80 a 160 veces  el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quién mediante medios de radiodifusión,  telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de  datos, establezca: “comunicaciones de contenido sexual o erótico y pretenda  incitarle a tener un encuentro sexual, a una persona menor de edad o que no  tenga capacidad para comprender el significado del hecho, aún con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo”.

Y aseveró que la pena podría irse hasta ocho años de prisión, ya que la propuesta señala que la pena aumentará hasta el doble cuando “la persona activa del delito por medio del engaño haga uso de una identidad falsa o cuando la víctima se  encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna sustancia  psicotrópica u otras análogas que produzcan efectos con los que la misma no  sea consciente del acto”.

Finalmente apuntó que víctimas de este delito puede ser cualquier persona ya que nadie está exento: “es desgarrador para las madres y padres de familia, cuyos hijos han sido víctimas de esta actividad y al acudir al Ministerio Público, reciban como respuesta un “no hay delito que perseguir”, “se fue con el novio”, o simplemente “quítele la computadora”, por lo que pidió a los diputados y diputadas que se sensibilicen con el tema y eviten el sufrimiento de las víctimas y sus familiares.