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Gozar de los beneficios del IMSS con Continuación Voluntaria

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Si un trabajador fue dado de baja por su patrón ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y este quiere seguir gozando de los beneficios de la Institución, lo puede hacer a través de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, con el cual él realizará las aportaciones que anteriormente cubría la persona o empresa que lo empleaba.

 

El ex trabajador puede realizar el trámite de la compra del seguro hasta cinco años después de haber sido dado de baja ante el IMSS, siempre y cuando se cumpla con las semanas cotizadas necesarias para poder adquirir los beneficios que correspondan de acuerdo a la ley por la cual fue dado de alta, explicó Margarita Ponce Díaz, coordinadora técnica de Orientación.

 

Es necesario cumplir con las semanas cotizadas para llevar a cabo el trámite y sobre todo es importante que el asegurado elija el salario en el que desea cotizar, el cual podrá ser mayor o igual al que tenía registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio, siempre y cuando éste no rebase el límite superior de 25 veces el salario mínimo general que rija en la Ciudad de México.

 

Si está dado de alta bajo la ley 73 del IMSS para pensiones, es necesario cotizar 500 semanas; con esto seguirá gozando de las prestaciones que otorga el IMSS como los seguros conjuntos de invalidez y vida así como de retiro, cesantía en edad avanzada, vejez e incluso la pensión requerida, al contrario de la ley 97 que no cuentan ya con una pensión y es necesario cotizar mil 250 semanas laborables.