Exigen justicia para inculpados por el delito de secuestro

EN HIDALGO
    •    Sin pruebas, cinco personas podrían pisar la cárcel para cumplir una sentencia de 60 años 


Un caso de presunto “secuestro” que se dio en 2016, podría resolverse en los próximos días y podrían sentenciar a cinco personas a una condena de 60 años de prisión, sin que haya pruebas suficientes por la parte acusatoria, para acreditar uno de los ejes rectores del tipo penal de secuestro que es el de “obtener un rescate para sí o para un tercero”, ya que el fiscal en turno no pudo acreditar que la parte acusada pidió rescate por la liberación de dos jóvenes extranjeros, además de que el caso ha estado lleno de “anomalías”, según explicó el abogado defensor, Adolfo Estrada.

Tras salir de audiencia Adolfo Estrada, señaló que tras la incapacidad reflejada por el fiscal de la Procuraduría de Justicia de apellidos Vite Aranda, se ordenó suplir al fiscal para que el caso fuera atendido por los jueces: Sissi Anette Rodríguez Fernández, Alfredo Tovar Ortiz y Anim Ope Islas, ya que consideraron por presunta orden del ejecutivo estatal que el delito era de alto impacto a fin de no demostrar “que el trabajo de la fiscalía fue deplorable”, razón por la que además, exigió respeto a la autonomía de  los poderes del estado.

Y agregó que fueron los jueces (antes señalados) del Tribunal de Enjuiciamiento, quienes dictaron sentencia sin tomar en cuenta que las presuntas víctimas de secuestro no se presentaron en las audiencias, tampoco se comprobó el delito de secuestro ya que no quedó probado que se hubiera hecho una llamada para pedir rescate, además de que no fueron solicitadas las sábanas con los presuntos mensajes que la fiscalía argumentaba que tenía, a las empresas de telefonía celular.

Ya que aseguró que con una impresión de los mensajes o la misma sábana hubieran podido determinar si hubo o no la petición de rescate, pero que la juez Sissi Anette Rodríguez Fernández declaró “el documento aportado por una empresa proveedora del servicio de telefonía celular, no es la idónea para el elemento, pues la prueba lógicamente idónea para establecer que se exigió un rescate  lo es el testimonio de quien recibe la llamada”.

 Por lo anterior Adolfo Estrada, aseveró que el caso está en manos de los magistrados: María Brasilia Escalante Richards, Rosalba Cabrera Hernández, y Raúl Arroyo, aunque adelantó que hay incertidumbre del resolutivo que puedan emitir ya que se comprometieron a resolver en escasos tres días cuando los videos que tendrán que revisar tiene una duración de 20 horas.

Finalmente aprovechó la ocasión, para señalar que hubo otras cuestiones como el impedimento para que los familiares de los inculpados pudieran acceder a la sala en donde se tuvo la audiencia, a pesar de que la ley enuncia que este tipo de procedimientos son de carácter público.

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