El Ágora

Gerardo Vela

Entre la comunidad jurídica existen varias ideas preconcebidas, y poco cuestionadas, sobre lo que son y no son, tanto el derecho como la norma jurídica. Esto se debe, fundamentalmente, al tipo de formación que se imparte en las universidades. 

Así, el derecho suele enseñarse a partir de una postura formalista, obsoleta y enraizada en un ius-positivismo decimonónico, lo que se suma al conservadurismo recalcitrante, la rendición del culto a la ley y, en ocasiones, a una rancia cercanía con grupos políticos y gobernantes.  

Y aunque, desde luego, no puede generalizarse, pues ni todas las facultades o escuelas, ni todas las y los docentes son así, ésta sigue siendo la tendencia de cómo muchas personas se convierten en abogados y abogadas en la república mexicana. 

Uno de esos mitos, que consciente o inconscientemente perpetúan la sesgada visión de un sinnúmero de profesionistas, es que la ley es neutral, objetiva, fría y desprovista de toda ideología. Como si la ley, sólo por ser ley, fuese suficiente para garantizar justicia y equidad. 

Sin embargo, eso es completamente erróneo. Las leyes, a través de los tiempos, fungen como el reflejo de los intereses e ideología de quienes utilizan al derecho como herramienta para el ejercicio del poder. 

El derecho civil, incluyendo la regulación de la familia, es muestra clara de ello. Esta disciplina, que se constituye como el sistema de normas jurídicas que regula los aspectos más comunes e íntimos de la vida de la gente, guarda en su núcleo los principios del pensamiento burgués y liberal ilustrado. Evidentemente, no es esta la única influencia del derecho civil, pero hay países, como el nuestro, en donde aunado al derecho español, la legislación tiene aún hoy una fuerte herencia del Código Napoleónico, entre otros instrumentos históricos. 

Entonces, cuando se hablaba de igualdad formal ante la ley, por ejemplo, no se pensaba, realmente, en todas las personas, ni sectores sociales, sino en la “igualdad” entre hombres blancos, ciudadanos y propietarios. Derivado de ello, se advierte, entonces, que el derecho civil ha sido, por siglos y décadas, profundamente patriarcal y heteronormado. 

Sin embargo, mediante la transversalidad de los derechos humanos y la óptica del derecho constitucional y convencional, los juristas -y quienes aspiramos a serlo-, nos hemos permitido re-pensar algunas figuras jurídicas que, a pesar de su “abolengo” y “tradición”, resultan arcaicas actualmente. 

Cuestión que, además, tiene que ver con la lógica de un Estado Constitucional de Derechos -sí, de derechos-, en el que las personas puedan desarrollar al máximo su potencial humano, sin ser discriminados o apartados por no ajustarse a un falso estándar de “normalidad”.

Por ello resultan tan importantes reformas como la que se aprobó el pasado martes 13 de octubre, en el Congreso de Hidalgo, a la Ley para la Familia de la entidad. Ahora, los padres y madres, podrán elegir libre e indistintamente el orden de los apellidos de sus hijas e hijos, sin que tenga que ir primero el apellido “paterno” y después el “materno”, como antes se contemplaba. 

Y esto, aunque muchos hagan aspavientos y lo califiquen de “ridiculez”, “moda” o “exceso”, tiene un enorme valor para visibilizar, proteger y garantizar los derechos de todos los tipos de familia, hetero y homoparentales. 

*Abogado y profesor del Tecnológico de Monterrey

Twitter: @GerardoVela

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