Ningún aspirante que quiera ser postulado a un cargo de elección popular que deba o incumpla con la pensión a hijos podrá convertirse en candidato ya que ayer, con 26 votos a favor, el Congreso Local aprobó la modificación del artículo 24 de la Constitución Política de Hidalgo.
Por lo anterior: “Se prohíbe a personas que hayan ejercido violencia familiar o política contra mujeres, así como deudores alimentarios morosos, a ser postulados a un cargo de elección popular” y será el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) quien verifique el cumplimiento de esta disposición.
Al leer el dictamen, Lisset Marcelino Tovar, diputada local de la fracción del Partido del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), dijo que muchos de los sujetos activos de violencia familiar actualmente son o pueden ser servidores públicos y muchos de ellos en proceso de buscar un cargo por elección popular, lo que se contrapone con los nuevos paradigmas que se buscan implementar dentro de una sociedad democrática que aspira a tener servidores públicos ejemplares.
Y enfatizó: “No podrán ser postuladas a cargo de elección popular las personas que estén cumpliendo sentencia ejecutoriada por algún delito contra el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o violencia política contra las mujeres; así como quienes sean deudores alimentarios morosos, salvo que acrediten estar al corriente del pago, cancelen esa deuda o tramiten el descuento correspondiente”.