En su próximo periodo de sesiones
- Declaró también la inconstitucionalidad del artículo 117 de la legislación electoral de Zacatecas que prohibía a partidos de nuevo registro participar en coaliciones
México, DF.- En una decisión “excepcional”, el pleno de la Suprema Corte le ordenó al Congreso de Zacatecas para que en el próximo período de sesiones –que empieza el ocho de septiembre y termina el 31 de diciembre de este año-, modifique el artículo 25 de la Ley Electoral para evitar la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados de esa entidad.
Luego de declarar la invalidez del citado artículo, debido que ése establecía fórmulas para garantizar que el partido que obtuviera el mayor número de votos en los comicios para elegir diputados uninominales y plurinominales, le fueran asignadas las curules necesarias para contar con la llamada “cláusula de gobernabilidad”. Los ministros dijeron que por tratarse de una situación inédita, facultaban al congreso zacatecano para legislar, a pesar de que ya inició el proceso electoral en ese estado, ya que los comicios se realizarán en junio próximo.
La mayoría del pleno estableció que lo mejor era declarar la inconstitucionalidad del artículo 25, el cual establece los mecanismos para asignar las 12 diputaciones de representación proporcional y no dejó margen de maniobra para que los legisladores no cumplan con la modificación de la norma señalada.
En otro orden, los ministros declararon también la inconstitucionalidad del artículo 117 de la legislación electoral de Zacatecas que prohibía a partidos de nuevo registro participar en coaliciones. Los juzgadores señalaron que la regulación de las coaliciones es un asunto del orden federal, por lo que los diputados locales al emitir una norma al respecto invadieron la esfera de competencia del Congreso de la Unión.
Con ésta resolución, concluyó la revisión de las acciones de inconstitucionalidad que presentaron el PRD, la minoría legislativa en el congreso de Zacatecas y Morena.