Concluye el andamiaje legal del Sistema Estatal Anticorrupción

EN EL CONGRESO LOCAL
 •    Hasta ocho años de prisión y multas hasta los 188 mil pesos será el precio que tendrá que pagar cualquier persona que se vea involucrada en alguna cadena de corrupción


Hasta ocho años de prisión y multas hasta los 188 mil pesos será el precio que tendrá que pagar cualquier persona que se vea involucrada en alguna cadena de corrupción en el estado de Hidalgo, lo anterior se dio a conocer en el congreso local, donde fue aprobada la reforma al Código Penal, con la que se dio cierre al ciclo para la implantación del Sistema Estatal Anticorrupción.

En el capítulo se apunta que la  “Intimidación” tendrá sanciones de uno a cinco años de prisión y multas que van desde los 100 a las 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir 7 mil 549 y 15 mil 98 pesos, mientras que el “Uso ilícito de atribuciones o facultades” contempla penas de uno a ocho años de prisión y multas entre  50 y 250 UMA, es decir 3 mil 774 pesos con 50 centavos y 18 mil 872.50 pesos.

Mientras que el denominado “Tráfico de influencia” tendrá una penalidad de  dos a seis años de prisión y multa de 100 a 200 UMA. En cuanto al “Enriquecimiento ilícito” la sanción será de tres meses a dos años de prisión y multa de 30 (2 mil 264.7 pesos) a 100 UMA. Y finalmente el “Uso ilícito de atribuciones y facultades relacionado con particulares” será castigado con tres a seis años de prisión y multa de 20 a 100 UMA.

De esta forma será la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción, la que cuente con estas herramientas legales para sancionar los hechos que atentan contra el debido y honesto ejercicio del servicio público, por lo que ahora cualquier servidor público que se le compruebe haber participado en algún acto de corrupción será castigado no sólo con suspensiones, retiros del cargo, sino con  multas económicas y  prisión.

Por lo anterior cabe destacar que  el título décimo sexto denominado “Delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares vinculados con estos hechos”, estipula que las disposiciones serán aplicables al gobernador del estado, a los diputados locales, magistrados y consejeros del Tribunal Superior de Justicia del estado de Hidalgo (TSJEH), magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, Procurador General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), consejeros electorales locales, magistrados electorales locales, presidentes municipales e integrantes de los ayuntamientos.

Related posts