Con alma de niño… y de niña

Con alma de niño… y de niña

Entre líneas

Cuando se habla del mes de abril, en México, lo primero que surge a la mente es el “día del niño”, y aunque a nivel internacional ya se ha hecho el distingo del día de la niña (11 de octubre) y del día del niño (20 de noviembre), en nuestro país se festeja tanto a niñas como a niños en la referida fecha, sin distinción o discriminación alguna.

Y es tan importante la niñez, que el artículo 3º de la Convención de los Derechos del Niño, refiere que tanto instituciones públicas, privadas o de bienestar social, tribunales, autoridades administrativas y órganos legislativos deben atender al interés superior del niño (o de la niñez o infancia para ser inclusivos y no discriminatorios), es decir, al bienestar y protección de todas las personas que al ser menores de 18 años son consideradas como tal -no obstante que la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes, especifique como “niños” (sic) a los menores de 12 años y adolescentes a quienes tienen entre 12 y menos de 18 años-.

Así mismo, el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.” Por lo que deben implementarse una serie de mecanismos para garantizar tales derechos.

Bajo ese contexto, y luego de la pandemia, se percibe que las niñas y niños, que ya eran considerados como personas vulnerables (según las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, en la sección 2ª 2.) se han visto aún más afectados en sus derechos.

Por ejemplo, respecto a su derecho a la salud, no pueden ser vacunados contra “el coronavirus 2 del síndrome respiratorio agudo severo (SARS-CoV-2)” que produce la enfermedad del COVID 19, a diferencia de otros países donde si pueden ser vacunados desde la edad de 5 años, siendo necesario en México, recurrir a procedimientos legales como Juicios de Amparo en la vía Administrativa, para que se les respete y reconozca este derecho –incluso, el cual a veces las autoridades sanitarias se niegan a cumplir y ejecutar-.

Así mismo, respecto a su educación, si bien tienen derecho a que ésta sea  “obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica”, -conforme al artículo 3º Constitucional-, sin embargo, quienes no tuvieron ni tienen acceso a medios electrónicos (computadoras fijas o portátiles, celulares, tabletas) y una red de internet para desahogar sus clases a distancia o en forma virtual, vieron nulificado este derecho.

Más aún, su sano esparcimiento fue restringido, pues se prohibió a los niños y niñas ingresar a espacios públicos como tiendas de autoservicio, restaurantes, parques, jardínes, explanadas, clubes deportivos, alegando su “vulnerabilidad etaria”, pasando por alto sus necesidades sociales de convivir y desarrollarse con sus “pares” en espacios de juego y diversión.

Y finalmente, pero no menos importante, la alimentación, que lamentablemente en algunos casos fue disminuida tanto en cantidad como en calidad, debido a los pocos o nulos ingresos de quienes tienen la obligación de llevar ese sustento y vieron mermada su actividad laboral.

Así que, en las vísperas de celebrar y festejar a las niñas y niños, debe reconsiderarse -principalmente por quienes están obligados por la Convención referida- en primer término, respetar y garantizar los derechos de las niñas y niños, cuya protección es obligada para el Estado y todas las autoridades, sin que se pasen por alto las normas locales en su favor, tales como las leyes de asistencia social;  becas; cultura y derechos culturales; cultura física, deporte y recreación; derechos humanos; fomento a la lectura; integral para personas con discapacidad; para atender, prevenir y erradicar la violencia escolar y la discriminación, por mencionar algunas.

Porque no debemos olvidar que todas las personas adultas, fuimos niños y niñas y “el alma de un niño o niña es como la roca, cuando escribes en ella, escribes para siempre”, y nos corresponde escribir en su memoria, que sus derechos, son primero.      

Related posts