
En Sesión Ordinaria del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Hidalgo, encabezado
por la Presidenta Consejera Ma del Refugio García López, se informó a través, de la Vocalía de
Capacitación Electoral y Educación Cívica a cargo de su titular, Jorge Anaya Lechuga, sobre el
proceso de la primera insaculación de ciudadanos.
De conformidad con lo establecido en la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral
(ECAE), se informó que el próximo 6 de febrero de 2024, las Juntas Distritales Ejecutivas en
sesión conjunta con los Consejos Distritales, insacularán de su Lista Nominal de Electores,
integradas con los ciudadanos que obtuvieron su Credencial para Votar al 15 de enero de
2024, al trece por ciento de cada sección electoral por lo que será la ciudadanía nacida durante
los meses de marzo y abril y en su caso los subsecuentes quien reciba y cuente los votos
emitidos en la jornada electoral del 2 de junio.
Respecto al periodo de contratación de Supervisoras y Supervisores Electorales (SE), este
inició el 16 de enero y concluirá el 11 de junio de 2024, para las personas Capacitadoras
Asistentes Electorales (CAE) será del 24 de enero al 11 de junio del mismo año, las personas
designadas como SE fueron capacitadas a través de talleres impartidos por las Juntas
Distritales del periodo del 16 al 22 de enero y a partir del 25 de enero y hasta el 5 de febrero se
impartirá el taller para las personas CAE. El personal que se contratará se describe a través de
la siguiente tabla:

La Vocalía de Organización Electoral encabezada por Claudia
Santos Ordoñez, informó que la figura de observación electoral a parte de acudir a las
instalaciones de alguna Junta Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) u órgano del
Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) para presentar su solicitud; también lo pueden
hacer a través de Internet, a través del portal https://observadores.ine.mx/ con fecha límite de
registro al 7 de mayo de 2024.

Ubicación de casillas.
Se presentó el avance de los recorridos de las Juntas Distritales Ejecutivas para integrar las
propuestas de ubicación de casillas, que iniciaron el 15 de enero y que concluirán el 15 de
febrero del año en curso, considerando los requisitos de espacio para recibir a las y los
electores y que permitan efectuar correctamente el escrutinio y cómputo tanto de las elecciones
federales, como de las locales.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) en el artículo 253,
párrafo 3 de la LGIPE, establece que, en toda sección electoral, por cada 750 electores o
fracción, se instalará una casilla para recibir la votación de las y los ciudadanos residentes en la
misma; de ser dos o más se colocarán en forma contigua y se dividirá la lista nominal de
electores en orden alfabético. En el caso de las elecciones locales concurrentes con la federal,
se deberá integrar una casilla única de conformidad con lo dispuesto en la normatividad y los
acuerdos que emita el Consejo General del Instituto.
Los requisitos que deberán cumplirse para la ubicación de casillas electorales son: fácil y libre
acceso para las y los electores; que aseguren la instalación de canceles o elementos
modulares que garanticen el secreto en la emisión del voto; no ser casas habitadas por
servidoras o servidores públicos de confianza, federales, estatales o municipales; no ser
inmuebles habitados o propiedad de dirigentes de partidos políticos o candidatas o candidatos
registrados en la elección de que se trate; no ser establecimientos fabriles, templos o locales
destinados al culto, o locales de partidos políticos, y no ser locales ocupados por cantinas,
centros de vicio o similares.