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Aprueban convocatoria para elección de nuevos delegados municipales

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Zempoala
●    Serán elegidos en este mes

El Ayuntamiento inició el proceso para el cambio de sus 92 delegados municipales, con la apertura de la convocatoria, para la elección de los nuevos delegados municipales en este mes.

La convocatoria fue aprobada por unanimidad en la sesión ordinaria de Cabildo. Los elegidos en noviembre desempeñarán funciones de promoción social de cada una de las 30 comunidades de la demarcación para el periodo 2016-2017, informó el presidente municipal, Héctor Meneses Arrieta.

Los delegados, de conformidad con la Ley Orgánica del Municipio, son autoridades auxiliares de la administración pública local en sus respectivas jurisdicciones en materia de planeación, programación, evaluación, control y seguimiento, así como de seguridad pública.

Meneses Arrieta especificó que estos organismos coadyuvan a la promoción de sus comunidades, mediante la cooperación de los habitantes en la realización de obras de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos en centros de población, así como actividades sociales de impacto beneficioso, en pro del desarrollo.

Para ser candidato a delegado o suplente, se necesita ser ciudadano del municipio, así como estar en pleno goce de sus derechos políticos y ser vecino del municipio respectivo, con residencia efectiva o binacional durante el periodo de seis meses, inmediato anterior a la fecha de la elección.

Además, debe estar inscrito en el Registro Federal de Electores y tener la correspondiente credencial para votar, al tiempo de no estar comprendido en las causas de impedimento establecidas en los artículos 16 y 17 de la Constitución Política del estado de Hidalgo, como estar sujeto a proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar de auto de formal prisión.
Otro de los requisitos es no desempeñar algún cargo público con función de autoridad de la Federación, estado o municipio, como secretario, subsecretario y director, así como encargados de despacho o equivalentes, a menos que se separe de sus funciones 90 días antes de la elección.

Además, es de vital importancia no ser miembro de alguna corporación de seguridad pública de la Federación, del estado o municipio y no estar en el servicio activo en el Ejército Nacional, salvo que se hubiese separado del desempeño de sus funciones 90 días anteriores a la fecha de la elección.