Gobierno Municipal analiza la solicitud
• En base a Ley Orgánica y reglamento de elección de órganos auxiliares
El reglamento de Elección de Órganos Auxiliares señala que los cargos de delegado y subdelegado son honorarios
En posicionamiento al escrito presentado por el regidor Fernando Lemus Rodríguez, actualmente con licencia, en el que solicita se pague un salario a delegados y subdelegados del municipio, se hará el análisis de dicha petición con base en lo que dispone, tanto la Ley Orgánica Municipal, como el Reglamento para la elección de órganos auxiliares y las demás disposiciones legales que sean aplicables, a fin de que la respuesta se dé en estricto apego a derecho.
Lo anterior, con la finalidad de que el municipio siga contando con los recursos económicos necesarios para la realización de obras y acciones en beneficio de la ciudadanía, lo que se vería en riesgo si los recursos económicos se emplearán para pagar sueldos que no se encuentran presupuestados.
Los delegados y subdelegados desempeñan una función que se deriva de la ley, no tienen que cumplir con horarios y no desarrollan funciones de manera subordinada para un patrón, lo que puede establecer que el municipio no se encuentra ante una relación laboral, sino a una actividad de representación de los ciudadanos que los eligieron, desempeñando sus actividades sin horarios fijos y solamente en aquellos casos en los que, de manera eventual, acuden a las oficinas de la Presidencia Municipal a realizar gestiones o cuando se les solicitan constancias de residencia.