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Puntualizan normas para el ejercicio periodístico durante hechos delictivos

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DURANTE UNA REUNIÓN ENTRE EL ENCARGADO DEL SSPTV Y EL JUEZ PRIMERO PENAL DE EJECUCIÓN EN HIDALGO  

El trabajo de los medios de comunicación es un vínculo entre las instituciones y la sociedad, por esta razón Edwin Hernández Garrido, encargado del despacho de la Secretaría de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad de Pachuca y Luis Carlos Gutiérrez Espinoza, juez Primero Penal de Ejecución del estado de Hidalgo, sostuvieron una reunión donde se abordaron los derechos y obligaciones que deben desempeñar los medios de comunicación al momento de arribar a la escena de algún hecho delictivo.

 

Durante la plática Hernández Garrido, señaló que con la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, es fundamental que la información sea dada a conocer de forma adecuada, además “es indispensable que cada elemento policiaco identifique la normatividad que el Código Nacional de Procedimientos Penales realiza respecto a los medios de comunicación, principalmente en un escenario donde existan indicios derivado de un acto ilícito”.

Sobre este tema, el juez Gutiérrez Espinoza dijo que “si un periodista acude a un punto donde se está ejerciendo el Nuevo Sistema de Justicia Penal y el policía, como primer respondiente, le explica que es un lugar que se encuentra resguardado, sabrá que puede levantar las imágenes que requiera desde el perímetro marcado, sin alterar la escena del hecho”.

Enfatizó que los periodistas deben respetar el espacio determinado por las autoridades en un hecho constitutivo de delito para que éstas puedan actuar de forma adecuada.

Por otra parte, dejó en claro que tanto los medios informativos como los agentes policíacos deben “respetar el principio de presunción de inocencia, el cual busca que toda persona se considere inocente y sea tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad”.

Por lo anterior, el juez resaltó a los directores de Policía Preventiva, Tránsito y Vialidad, Prevención del Delito, Centro de Comando y Comunicaciones y Coordinación Jurídica que es fundamental el respeto de los derechos de la víctima, determinados en artículo 109 del Código Nacional, así como el resguardo de identidad y datos personales de individuos involucrados en algún acto ilícito.