Unidades del servicio público, con luces interiores prendidas

 

 

Mediante un comunicado, la Secretaría de Transporte y Movilidad del estado (Semot) declaró que las unidades de transporte público convencional durante las noches deben tener las luces interiores encendidas, como una forma de garantizar la seguridad de los usuarios dentro de esta modalidad, y así evitar una posible comisión de delitos.

En dicho documento, la dependencia afirmó que esta disposición está dirigida hacia los concesionarios y operadores de transporte convencional, ya sea colectiva o individual, en donde se les insta a encender las luces internas en horarios nocturnos, con el propósito de que no sean sancionados por inspectores del Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH).

Se refiere que esta disposición oficial está estipulada dentro del artículo 15, fracción octava del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Hidalgo, en la que obliga a los operadores iluminar con luz blanca y de ningún otro color durante todos sus recorridos, además que el lugar destinado para las placas de circulación también deberá estar iluminada, o en caso contrario serán multados.

Por otro lado, se instó a los usuarios del transporte convencional a seguir una serie de recomendaciones para hacer uso de las unidades antes de abordarlas, como identificar vehículos autorizados con la nomenclatura de las placas, las cuales en el caso de servicio individual terminan con FUA, FUB, FUC, FUD, FUE o FUF, mientras que en las colectivas, deberán terminar con G y K.

Además, se recomendó que no se aborden unidades con los cristales polarizados, pues su uso está prohibido, y que cada vehículo tenga la Clave Mnemotécnica, la cual incluye el número de ruta o base, la clave del municipio, la modalidad, siendo C para colectivo, TM para los taxis metropolitanos de Pachuca, IL para individual libre o S de sitio; un número económico o terminación de las placas.

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