El Instituto Nacional Electoral (INE) se apresta a concretar el arrendamiento de 42 nuevas sedes distritales y realizar más de 200 cambios de adscripción de personal a consecuencia de la distritación que tuvieron todas las entidades del país.
Para garantizar que esos cambios se realicen a más tardar el 31 de este mes, y que los inmuebles estén en uso durante las 30 elecciones locales y el Proceso Electoral Federal que inicia el 8 de septiembre, se autorizó a la Dirección de Administración del INE a que realice contrataciones de espacios de forma excepcional, en espera de cubrir después requisitos como documentos de uso de suelo; dictámenes de seguridad estructural; acreditación de bajo, medio o alto impacto (licencia de construcción) o pagos de agua predial, luz y otros servicios.
Por excepción se determinó que el soporte legal que deberá reunirse antes de que termine 2017 y, debido a la urgencia de las decisiones, a que en municipios y comunidades ejidales no existe homologación de reglas o documentos, así como la diversidad de ofertas inmobiliarias, se autorizó también la posibilidad de contratar inmuebles aunque se rebase el costo por metro cuadrado aprobado en el Manual de Administración Inmobiliaria del INE.
También se podrá arrendar inmuebles aunque se incremente el monto de la renta en comparación con el importe que se pagaba antes, siempre y cuando se haya realizado una “búsqueda exhaustiva” de la oferta inmobiliaria pero no se hayan encontrado otras opciones.
Las “medidas de excepcionalidad e instrucción de carácter temporal para garantizar la oportuna instalación de las cabeceras distritales con motivo de la nueva Distritación” por las que se acordaron mecanismos alternos a las reglas, fueron avaladas por la Junta General Ejecutiva del INE en julio pasado.
Se prevén 48 nuevos arrendamientos de inmuebles, 42 por distritación, dos más por adecuaciones de espacios en Baja California Sur, una en Guanajuato y 4 módulos de credencialización.
De acuerdo a lo informado, en 28 inmuebles detectados y por arrendar se carece del requisito de bajo o medio impacto o de alto impacto (licencia de construcción) o que superan los 1,100 metros cuadrados y además tienen faltantes como planos arquitectónicos, pagos de servicios, escritura o algunos otros documentos como los citados.
En seis casos más el arrendatario no cuenta con cédula de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y se carece de requisitos de alineamiento, número oficial y uso de suelo del inmueble -aunque no es requisito municipal- en tanto que en uno más no se tiene escritura, pero sí documento de propiedad ejidal.