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Inicia declaración de modificación patrimonial

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PRÓXIMO FIN DE SEMANA

• Todos los servidores obligados a presentarla, incluso regidores y síndicos

• Tendrán de plazo del 1 al 31 de mayo, de lo contrario habrá sanciones

 

De acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos para el Estado de Hidalgo, del 1 al 31 de mayo del presente año, funcionarios públicos, del nivel de jefe de departamento u homólogo hasta el Gobernador del Estado, además de aquellos que manejen o apliquen recursos económicos, valores y fondos del estado; así como Presidentes Municipales, regidores y síndicos, deberán presentar su declaración anual de modificación patrimonial.

Esta responsabilidad que se debe cumplir anualmente, es una tarea fundamental, por lo que a través del portal de Internet de gobierno del estado se puede llevar a cabo este procedimiento con facilidad, para ello existen guías prácticas para que todos los funcionarios obligados realicen este trámite a través del Sistema Integral de Declaración Patrimonial.

Lo anterior con el objetivo de fortalecer una cultura de transparencia, de ahí que se da a conocer que el sistema en mención es una herramienta que permite el llenado de forma rápida y sencilla de la información requerida.

En la ley en la materia se describen cada uno de los cargos y funcionarios que deben presentar su declaración anual, tanto a la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental, como a la Auditoría Superior de Estado de Hidalgo, como es el caso de funcionarios municipales y trabajadores del Poder Legislativo.

El fundamento para que se lleve a cabo esta declaración, se encuentra en el artículo 81 de la ley en mención, en su fracción III, donde dicta que “Durante el mes de mayo de cada año deberá presentarse la declaración de situación patrimonial, acompañada de una copia de la declaración anual presentada por personas físicas para los efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta”.

La misma ley, en el artículo 82, refiere las sanciones para quienes no cumplan con este mandato legal; de tal manera que quienes no cumplan con los plazos sin causa justificada, se suspenderá al infractor de su empleo, cargo o comisión por un periodo de 15 días naturales.

“En caso de que la omisión en la declaración continúe por un período de 30 días naturales siguientes a la fecha en que hubiere sido suspendido el servidor público, la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental o los Órganos Internos de Control competentes declararán que el nombramiento o contrato ha quedado sin efectos, debiendo notificar lo anterior al titular de la dependencia o entidad correspondiente para los fines procedentes”.

La misma ley determina que aquel servidor público que en su declaración faltare a la verdad deliberadamente, será suspendido de su empleo, cargo o comisión por un periodo no menor de tres días ni mayor de tres meses y cuando por su importancia lo amerite, el funcionario podrá ser “destituido e inhabilitado de uno a cinco años, sin perjuicio de que la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental o el Órgano Interno de Control competente, formule la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público para los efectos legales procedentes”.

Debido a los tiempos legales, que iniciarán el próximo viernes 1 de mayo, en el Portal de Transparencia de Gobierno del Estado, ya iniciaron los recordatorios para aquellos funcionarios que deberán realizar su declaración patrimonial anual.