La justicia mexicana tiene varias herramientas a su disposición para confiscar las numerosas propiedades que Javier Duarte que supuestamente obtuvo desviando dinero público de Veracruz. El proceso se puede llevar a cabo en los tribunales sin la necesidad de que haya una sentencia en contra del exgobernador por los delitos de delincuencia organizada y recursos de procedencia ilícita.
Tres expertos explican las estrategias que la PGR puede seguir para reintegrar a Veracruz los bienes obtenidos por el exmandatario, que se ha convertido en el emblema de la corrupción política en este sexenio.
Gabriel Regino, abogado penalista, cree que México se encuentra ante un hito. “Es el primer caso en el que se acusa a un gobernador en funciones –aunque haya solicitado licencia– de delincuencia organizada y lavado de dinero”, señala. Los delitos que se le imputan a Duarte son duros y lo separan de otros servidores públicos bajo sospecha de corrupción. Estos suelen enfrentar cargos de abuso de autoridad, ejercicio indebido del servicio público o ejercicio abusivo de funciones, que no ameritan prisión preventiva y para los que un juez puede otorgar medidas cautelares como multas.
Duarte desapareció el 15 de octubre. Días antes había ofrecido una entrevista televisiva en la que dijo que iba a encarar las investigaciones que pendían sobre su cabeza. No existe rastro del exgobernador priista, pero sus supuestas propiedades han provocado indignación nacional.
Investigaciones periodísticas lo vinculan a terrenos, apartamentos y casas en Florida, Texas y Nueva York en Estados Unidos. Y en México en el Estado de México y la capital del país. Recién se reveló que el exgobernador tiene empresas y un hotel en Bilbao, España.
Regino cree que la Fiscalía podría recurrir a la ley de extinción de dominio para confiscar las propiedades del exgobernador. “El Ministerio Público puede pedir al juez medidas cautelares en relación a casas y cuentas bancarias para asegurarlas independientemente de que Duarte esté detenido o procesado”, señala el abogado.
El litigante en materia civil, Guillermo de Rosenzweig, explica que el ministerio público debe solicitar la “inmovilización de los recursos”. A partir de la petición tiene 20 días para pedir a un juez el aseguramiento de los bienes con lo que no podrían enajenarse ni venderse hasta que el caso sea resuelto judicialmente.
La extinción de dominio es una herramienta que México copió de Colombia. El país sudamericano la utiliza desde 2002 en su lucha contra el narcotráfico. La norma confisca los bienes que hayan sido medios, instrumentos o producto de crímenes. Felipe Calderón, el presidente mexicano que declaró la guerra a los cárteles, la introdujo al país en 2009. El Supremo mexicano determinó el año pasado que la ley solo podía usarse para cinco delitos: contra la salud, delincuencia organizada, trata, secuestro y robo de vehículos.