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“¿De qué hablamos cuando hablamos de cuidados?”

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“¿De qué hablamos cuando hablamos de cuidados?”

IGUALDAD SUSTANTIVA, EMPODERAMIENTO EFECTIVO

Según las Naciones Unidas a través de la publicación de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), “Los cuidados como el pilar del bienestar y motor de la recuperación frente a la crisis de la Covid-19”, expresa la importancia de avanzar en la implementación de sistemas integrales de cuidados y poder así transitar hacia una sociedad del cuidado que priorice la sostenibilidad de la vida, colocando en el centro las políticas públicas, orientadas al logro de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible. 

En su publicación, la CEPAL cita a los cuidados actividades que regeneran diaria y generacionalmente el bienestar físico y emocional de las personas. Incluye las tareas cotidianas de gestión y sostenimiento de la vida, como: el mantenimiento de los espacios y bienes domésticos, el cuidado de los cuerpos, la educación de las personas, el mantenimiento de las relaciones sociales o el apoyo psicológico a los miembros de la familia.

Hace, por tanto, referencia a un amplio conjunto de aspectos que abarcan: los cuidados en salud, el cuidado de los hogares, el cuidado a las personas dependientes y a las personas que cuidan o el propio autocuidado. Se trata de un trabajo que, en cuanto a su cantidad, medida en unidades físicas de tiempo, supera ligeramente al total del trabajo remunerado de los hombres y las mujeres, mientras que, en lo que respecta a su calidad, tiene unas características que son fundamentales para mantener las condiciones de sostenibilidad.

Los cuidados atraviesan, por tanto, la vida de todas las personas, en todos los momentos de vida, requieren de cuidados. Sin embargo, a partir de esta definición se acota el concepto al que permita establecer el quehacer específico de los sistemas, las políticas y los servicios de cuidados, distinguiéndolos de los cuidados en salud o educación y priorizando entre las poblaciones objetivo a aquellas que dependen de cuidados de terceras personas.

Trazar este límite no tiene por objeto crear un compartimento estanco con el resto de las políticas de protección social, sino todo lo contrario: definir un campo de actuación para las políticas de cuidado les ha de permitir articularse con las demás.

 Por otro lado, es importante advertir que, en los últimos años, la utilización del término “cuidados” ha suscitado una reflexión crítica de parte de organizaciones que trabajan en el campo de las personas en situación de discapacidad, en la medida que su definición puede derivar eventualmente en la implementación de políticas de corte asistencial, que consideren a la persona con discapacidad no como una persona con derecho a una vida independiente sino como un sujeto pasivo que requiere de asistencia. 

Por este motivo, y en consonancia con las definiciones adoptadas por la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas, en el término “cuidados” se incluye la referencia a servicios de asistencia y/o apoyos. 

Situación similar sucede cuando hablamos de cuidados, apoyos o asistencia a las personas mayores en situación hacia la construcción de sistemas integrales de cuidados en América Latina y El Caribe: un concepto que incluye necesariamente el fomento de la autonomía como una prioridad en el inevitable proceso de envejecimiento. 

¡Así se habla de los cuidados!