Home Nuestra Palabra Dalia Ibonne Ortega González Al otro lado de la corrupción

Al otro lado de la corrupción

Al otro lado de la corrupción

Entre líneas

La corrupción es un fenómeno complejo, incluso su definición en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española no es fácil, pues nos remite al verbo “corromper” que significa trastocar o alterar la forma de algo, dañarlo, pervertirlo, pudrirlo, hacer que se deteriore… por lo que, en otras palabras, es “lo que no debiera ser” y ahí entra la acción humana que todo lo transforma.

Desde luego, si pensamos en corrupción, viene a nuestra mente un cúmulo de experiencias: un policía pidiendo dádivas para no hacer lo que le corresponde o incluso exigiendo cuotas indebidamente, un oficinista favoreciendo a una persona por encima de un resto que tiene prioridad, un pseudo político aprovechándose del dinero público para su beneficio (por decir algo -de lo mucho que se puede lamentablemente decir-).

Y aquello que resulta tan cotidiano, no solo implica acción sino también omisión, pues cuando observamos un acto corrupto, lo permitimos y lo toleramos sin denunciarlo, solo criticando entre nosotros, perpetuamos esas dañinas y pervertidas prácticas.

La solución parece fácil, aunque no lo es: denunciar. Y para que algo funcione como debe ser, sin ser trastocado o alterado, quien incurre en un hecho corrupto debe saberse certera y eficientemente sancionado de no hacer lo debido, lo correcto, como también quien lo tolera y lo permite a perpetuidad.

Por ello, tanto a nivel federal como local, se han creado leyes y organismos gubernamentales -hasta servidores públicos exclusivos- en combate a la corrupción, que pareciera ser una guerra más catastrófica que la Tercera Guerra Mundial, porque esto no es exclusivo de México, ya que nuestro país se encuentra en el número 124 de 180, donde el último es el peor percibido según la población conforme al Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) que cada año publica la Organización de Transparencia Internacional Pública; y cabe resaltar que Dinamarca y Nueva Zelanda (en el año 2021) son los mejores percibidos como “países limpios o rectos”, mientras que Afganistán, Corea del Norte y Somalia son los peores percibidos, como corruptos.

Así que, la pregunta del millón -ironía desde luego- ¿qué hay que hacer?, y la respuesta, que daría el poeta potosino Francisco González Bocanegra en nuestro hermoso himno nacional mexicano, en esta guerra “un soldado en cada hijo te dio”.

Por lo que, para combatir con una alta probabilidad de triunfo, se necesitan armas. He aquí las provisiones:

El artículo 113 de la Constitución y su derivada Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (desde 2016) que contempla un Comité integrado multidisciplinariamente por Auditoría, Fiscalía, Función Pública, Justicia Administrativa, Transparencia, Judicatura Federal y Participación Ciudadana (algo así como el paquete completo de Defensa Nacional: la Artillería, Infantería, Caballería, Arma Blindada y Zapadores), que se replica a nivel de cada entidad federativa.

De igual forma, los Códigos Penales Federal y Estatales, contemplan las sanciones de prisión, multa, y en su caso, destitución e inhabilitación para ejercer nuevamente el cargo, empleo o comisión, a aquellas personas que cometan hechos de corrupción, por ejemplo, en los delitos de Concusión (hasta 2 años), Tráfico de influencia (hasta 6 años), Ejercicio ilícito del servicio público y Coalición de servidores públicos (hasta 7 años), en los delitos de Abuso de autoridad e Intimidación (hasta 9 años, destitución o inhabilitación), Uso ilícito de atribuciones o facultades, Pago y recibo indebido de remuneración de los servidores públicos y Ejercicio abusivo de funciones (hasta 12 años), Cohecho y Cohecho a servidores públicos extranjeros, Peculado y Enriquecimiento ilícito (hasta 14 años).

En Hidalgo, además se incluyen los delitos de: Incumplimiento de un deber legal (hasta 6 años de prisión), Infidelidad de la custodia de documentos y violación de secreto, y Negociaciones Indebidas (hasta 5 años de prisión), así como también la Ley de Protección a Denunciantes y Testigos de Hechos de Corrupción para el Estado de Hidalgo, que establece la aplicación de medidas de protección para quien aporte información en la denuncia e investigación de hechos de corrupción.

Por tanto, es responsabilidad de todos conocer los dos lados de la moneda llamada corrupción, para comprender las raíces de un conflicto y buscar una solución, pues como diría el estratega militar chino Sun Tzu: “La mejor victoria es vencer sin combatir, y ésa es la distinción entre el hombre prudente y el ignorante.”