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“La prima de antigüedad es un derecho irrenunciable”

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“La prima de antigüedad es un derecho irrenunciable”

El Procurador Estatal de la Defensa del Trabajo, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), Manuel José Parra Dager, informó que la prima de antigüedad es un derecho irrenunciable tras años de servicio.

Explicó que los trabajadores de base que concluyan la relación laboral luego de por lo menos 15 años de trabajo, tienen derecho a recibir el pago equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado; consideración plasmada en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.

Comentó que este derecho se paga a los empleados que se separan voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido por lo menos quince años de servicio, al igual que a los empleados que se separen de su trabajo por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la circunstancia del despido.

No obstante, el procurador estatal aclaró que cuando la separación es voluntaria se deben considerar algunos factores, como que el número de trabajadores que se retira dentro del término de un año no exceda del 10 por ciento del total de empleados de la empresa o establecimiento o de los de una categoría determinada.

Finalmente, expuso que, en caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas que establece la ley, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda.