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Se pronunciaron sobre las noticias del “Esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”

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Se pronunciaron sobre las noticias del “Esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”

Debido a las recientes publicaciones que se han difundido, relacionadas con el “Esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”,  y que de la operación de este, existe una supuesta cancelación de registro a notarios públicos del país y de nuestro estado, el Consejo de Notarios del Estado como órgano directivo del Colegio de Notarios del Estado de Hidalgo, representado por su presidente, el Licenciado Guillermo Vega Guasco, hizo del conocimiento público, de viva voz, las siguientes precisiones:

1.- La expedición de patentes y habilitación de los notarios públicos es competencia exclusiva de los gobiernos de las entidades federativas y no del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

2.- Hasta el día de hoy, sólo un notario de Hidalgo ha sido inhabilitado y todos los demás continúan en pleno ejercicio de su función, salvo quienes cuentan con licencia por ocupar un cargo público en términos de la Ley del Notariado para el Estado de Hidalgo. 

3. Las notas periodísticas se refieren a un “Esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”, que es de participación voluntaria por parte de los notarios y al que se han incorporado voluntariamente, a petición del SAT, para brindar un servicio más completo al constituir sociedades. Sin embargo, algunos Notarios tanto de Hidalgo como del país optaron por no solicitar la renovación al esquema por razones diversas, estrictamente personales.

4. El SAT ha dado de baja, de manera unilateral, a notarios fallecidos, a notarios que no están en ejercicio, a notarios que no les interesó tramitar la renovación, a quienes realizaron el trámite y el SAT no verificó el domicilio fiscal y, a quienes no han integrado los expedientes de altas. Pero, de ninguna manera por haber realizado actos indebidos como parecen sugerir algunas publicaciones.

5. La cancelación de registros a notarias y notarios del país, por parte del SAT, se refiere, exclusivamente, a la posibilidad de llevar a cabo la inscripción al RFC de personas físicas o morales en sus oficinas y en nada califica ni modifica el que continúen ejerciendo su función notarial plenamente, incluso en la constitución formal de empresas y otros actos. Es de advertir que, en la propuesta del Proyecto de Decreto de la Miscelánea Fiscal para 2022, se propone que el trámite de inscripción al RFC sólo se realice ante la propia autoridad fiscal. 

6. Es importante señalar que la actividad irregular e ilegal de empresas conocidas como “factureras” o “fantasmas” conforma un delito de origen complejo y multifactorial. Pretender orientar la opinión social en el sentido que las y los notarios de Hidalgo y del país asumen una colaboración para ello se aleja de la realidad. La responsabilidad de un notario al constituir una empresa no es ni puede hacerse extensiva al uso que sus accionistas pretendan darle a la empresa. Por tanto, Rechazamos se atribuyan conductas indebidas a los notarios, como causa de su baja del esquema, sin mayor evidencia, como parecen sugerir algunas publicaciones.

Los notarios del estado, como siempre, reiteramos la plena disposición de trabajar de manera coordinada con la autoridad fiscal para los temas ya referidos y otros más. Esperamos pues el mantenimiento de una relación constructiva, respetuosa y que busque, permanentemente, una mayor coordinación en un plano de respeto absoluto a nuestros respectivos ámbitos de actuación y con apego al Estado de Derecho.