Home General No es obligatorio adelantar aguinaldos para el “Buen Fin”

No es obligatorio adelantar aguinaldos para el “Buen Fin”

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Por Ley, los trabajadores deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre

Sanciones por incumplimiento hasta 5 mil salarios mínimos: Secretaría del Trabajo

 

“Por Ley, los trabajadores deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre y su monto mínimo es de 15 días de salario del año trabajado, o en su caso, una parte proporcional”, manifestó Daniel Lara Baños, delegado federal del Trabajo en Hidalgo.

Puntualizó que el pago de aguinaldo está contemplado en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, cuyo objetivo es que los trabajadores cuenten con esta prestación que les corresponde.

Por lo anterior, sentenció que por ningún motivo el patrón podrá argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades como justificación para omitir el pago o reducir su importe.

Detalló que esta prestación anual debe ser pagada en moneda de curso legal, en días y horas de trabajo y dentro del establecimiento donde labora el trabajador, no siendo permitido hacerlo con mercancías, vales, fichas u otros con los que se pretenda sustituir la moneda.

En ese sentido recordó que las sanciones por el incumpliendo del pago de aguinaldo van de 250 a cinco mil veces el salario mínimo, si el trabajador se encuentra en un contrato colectivo de trabajo; o de 50 a cinco mil salarios mínimos si se tiene una relación individual de trabajo.

Por otra parte, referente al programa federal “El Buen Fin” que se realizará del 13 al 16 de noviembre, el delegado federal del Trabajo anunció que no es obligatorio el adelanto del 50 por ciento de aguinaldo para que los empleados puedan participar y adquirir productos o servicios, sin embargo reconoció el esfuerzo de las cámaras empresariales y sindicatos patronales quienes sí adelantarán la mitad del bono anual a sus trabajadores.