- Nuevamente reactivan la discusión sobre la Ley Olimpia, además de las multas se establecen de cuatro a ocho años de prisión
Diputados locales del Partido del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) encabezados por Lucero Ambrosio Cruz y Víctor Guerrero Trejo, llevaron nuevamente a la máxima tribuna del estado la discusión sobre los pendientes que se tienen respecto a la denominada Ley Olimpia y propusieron sanciones económicas y prisión para aquellos que compartan imágenes o videos de tipo sexual de otras personas sin el consentimiento de las mismas.
Los morenistas consideraron que es “necesario contar con un sistema normativo completo y eficaz”, por lo que no solo es pertinente tipificar la violencia digital en la ley, sino además extenderla hasta el código penal para sancionar de forma específica este tipo de conductas tan perjudiciales en Hidalgo, sobre todo para la mujer.
Por lo anterior buscan que quede asentado en el artículo 202 Quater que comete el delito de violencia digital a la intimidad sexual quien capture, difunda, comparta, revele, publique, comercialice, almacene, exhiba, compile, solicite, intercambie u obtenga por cualquier medio digital o impreso, imágenes, videos o audios, de contenido erótico, sexual íntimo, real o alterado de una persona sin su consentimiento, se le impondrá de cuatro a ocho años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es decir una multa entre los 86 mil 880 y los 173 mil 760 pesos.
Estas sanciones podrían aumentar hasta en una mitad y el delito se perseguirá de oficio cuando: existan amenazas de por medio a la victima de difundir el contenido a cambio de nuevo material íntimo, algún beneficio económico o interés personal; cuando la víctima es menor de 18 años o no cuente con la capacidad de comprender el hecho delictivo; cuando la persona afectada pertenece o se encuentra en una condición social vulnerable, sufra de discriminación, sea considerado adulto mayor o persona indígena.
De igual forma en los casos de: que sea cometido por razón de género; si el sujeto activo sea servidor público en funciones; si esto es cometido por persona con la que la víctima tenga una relación de subordinación laboral; también incrementará la sanción si el delito es cometido por el conyugue, algún integrante de la familia, o comparte alguna relación de afectividad con la víctima.
Cabe destacar que previo se presentaron dos propuestas de reforma al Código Penal, impulsada la primera por: Lucero Ambrocio Cruz y Armando Quintanar Trejo de Morena. Y la segunda a la que se sumaron los diputados: Areli Rubí Miranda Ayala, Claudia Lilia Luna Islas, Areli Maya Monzalvo, Víctor Osmind Guerrero Trejo, y Miguel Ángel Peña Flores, todas como parte del paquete que se aglutina en la denominada Ley Olimpia que ha sido aprobada en el plano federal así como en 16 estados.