- El presidente de la Coparmex Hidalgo reitera que la reforma fiscal sigue siendo imprecisa, pues elimina la presunción en las operaciones fiscales inexistentes
El presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) en Hidalgo, Ricardo Rivera Barquín, manifestó estar de acuerdo con la lucha en contra de la evasión y la simulación fiscal, pero mostró su desacuerdo a los métodos que aplica el Gobierno Federal, ya que refirió que existe una desigualdad en la persecución de estos delitos.
Al respecto, comentó en primera instancia que dentro de la Coparmex no hay tolerancia hacia las empresas facturadoras fantasmas que se encargan de realizar operaciones falsas o simuladas, pues explicó que éstas generan una distorsión económica, y una competencia desleal, además que aprobó la lucha contra estos delitos por parte del Gobierno Federal.
Además, expresó estar en acuerdo a diversas propuestas, como en el que las personas físicas y morales queden obligadas a retener una parte del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se cause cuando se presten servicios independientes, y que las persecuciones de evasión también incluyan las operaciones de compra de los tres niveles de gobierno.
No obstante, declaró que se difiere en cuanto a los medios con las que la Federación está ejecutando esta lucha, y ante tal efecto, apuntó que desde este organismo se han propuesto otro tipo de herramientas para lograr este propósito, en las que no exista injusticia y desigualdad en el momento de perseguir la evasión fiscal.
En primer lugar, consideró que el artículo 113 del Código Fiscal de la Federación es impreciso, incorrecto y peligroso, ya que explicó que en la mayor parte de los casos se tratan de presuntas operaciones inexistentes, falsas o simuladas, y que al no existir este principio de presunción, se puede cometer un abuso de poder.
Añadió también que se está en desacuerdo en que se adicione la fracción XI al artículo 2, primer párrafo de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, con el que se prevé que las personas que caigan en el supuesto del artículo 113 del Código Fiscal Federal también sean consideradas como parte de la delincuencia organizada.