Multas a negocios por no cumplir medidas sanitarias

Sanciones similares a los negocios que, siendo esenciales, no acaten las medidas sanitarias recomendadas por el Consejo de Salubridad General

De 21 mil 720 pesos a 434 mil 400 pesos de multas se aplicarán a comerciantes y empresas que continúen con actividades consideradas como “no esenciales” en el estado de Hidalgo, lo anterior a fin de disminuir la movilidad en la entidad, además de que se aplicarán sanciones similares a los negocios que siendo esenciales no acaten las medidas sanitarias recomendadas por el Consejo de Salubridad General. 

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH) María de los Ángeles Eguiluz Tapia, informó que han comenzado las inspecciones dirigidas a las empresas que continúan en funcionamiento y que están consideradas como no esenciales, así como a centros de trabajo que continúan en función con actividades esenciales  pero que no han cumplido con las recomendaciones sanitarias “esta facultad contemplada en la constitución aparatado “A” fracción 31 y en el artículo  527 ley del trabajo.

Por lo anterior enfatizó que las actividades esenciales que están consideradas como tal, son: la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo de todo el sector salud del país;  seguridad pública y protección ciudadana.

Así como las fundamentales de la economía: financieras, recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos  y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de auto servicio abarrotes  y venta de alimentos preparados, servicios de transporte pasajero y de carga,  producción acuícola y  pesquera, agroindustrial, industria química, productos de limpieza ferreterías servicios de mensajería, guardias de seguridad privada, guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultos mayores.

De igual forma: los refugios y centros de atención a mujer víctimas de violencia, telecomunicaciones y medios de información, servicios privados de emergencia, servicios funerario  y de inhumación, servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales, logística.

“También aquellas actividades que realizan cuyas suspensiones pueden tener efectos irreversibles sobre su continuación y aquí el acuerdo de Secretaria de Salud federal firmado el seis de abril, que corresponden únicamente  a la producción de: acero, cemento, vidrio y los servicios de tecnología de la información que garanticen  la continuidad de los sistemas informáticos de los sectores público, privado y social”, explicó la funcionaria estatal. 

Finalmente también están consideradas como esenciales: las actividades relacionadas directamente con las operaciones de los programas sociales de gobierno y las necesarias para la conservación, mantenimiento y  reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables. 

Lo anterior lo dio a conocer a través de una conferencia de prensa virtual en la que participaron también, los titulares de la Secretaría de gobierno Simón Vargas, y el de la Ejecutiva de la Política Pública de Hidalgo, José Luis Romo Cruz.

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