{"id":9329,"date":"2015-08-12T13:49:51","date_gmt":"2015-08-12T13:49:51","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2015\/08\/12\/el-regimen-laboral-de-subcontratacion\/"},"modified":"2015-08-12T13:49:51","modified_gmt":"2015-08-12T13:49:51","slug":"el-regimen-laboral-de-subcontratacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/el-regimen-laboral-de-subcontratacion\/","title":{"rendered":"El r\u00e9gimen laboral de subcontrataci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>&#8211; La nueva legislaci\u00f3n del outsourcing busca evitar que sirva como v\u00eda para que el patr\u00f3n deje de cumplir con sus obligaciones laborales<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>En un primer acercamiento al nuevo r\u00e9gimen de subcontrataci\u00f3n emanado de la reforma laboral de 2012 \u2014el denominado outsourcing\u2014, la Segunda Sala de la Corte, al resolver un amparo en revisi\u00f3n que promovi\u00f3 la parte patronal, se pronunci\u00f3 por su constitucionalidad. <br \/>Derivado de la amplia utilizaci\u00f3n de esta modalidad de contrataci\u00f3n que cobr\u00f3 auge en nuestro pa\u00eds en a\u00f1os recientes, en la que existiendo una evidente relaci\u00f3n laboral se pretend\u00eda evadir toda obligaci\u00f3n en detrimento de los derechos laborales y de seguridad social que nuestra Constituci\u00f3n y la Ley Federal del Trabajo consagra en favor de los trabajadores, la reforma a este \u00faltimo ordenamiento regul\u00f3 lo que se denomina el r\u00e9gimen de subcontrataci\u00f3n. <br \/>Como lo expuso el Ejecutivo federal en la iniciativa de reformas que envi\u00f3 al Congreso de la Uni\u00f3n, esta regulaci\u00f3n tiene el prop\u00f3sito justamente de evitar la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n del cumplimiento de las obligaciones a cargo del patr\u00f3n. <br \/>Conforme a las nuevas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo se entiende como trabajo en r\u00e9gimen de subcontrataci\u00f3n, aquel por medio del cual un patr\u00f3n denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona f\u00edsica o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecuci\u00f3n de las obras contratadas. <br \/>As\u00ed conceptualizado, la ley establece determinadas condiciones para este r\u00e9gimen de trabajo, tales como que no podr\u00e1 abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad que se desarrollen en el centro de trabajo; deber\u00e1 justificarse por su car\u00e1cter especializado, y no podr\u00e1 comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. En suma, no podr\u00e1n subcontratarse labores propias del objeto social de la empresa contratante. <br \/>De no cumplirse con tales condiciones, la ley es clara, el contratante se considerar\u00e1 patr\u00f3n para todos los efectos. <br \/>As\u00ed tambi\u00e9n, la ley laboral impone a la empresa contratante de los servicios, la obligaci\u00f3n de cerciorarse, al momento de celebrar el contrato, que la contratista cuenta con la documentaci\u00f3n y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, as\u00ed como que cumple con las disposiciones de seguridad, salud y medio ambiente. <br \/>Finalmente, proh\u00edbe la transferencia, de manera deliberada, de trabajadores de la contratante a la subcontratista, con el fin de disminuir sus derechos laborales, so pena de una sanci\u00f3n de hasta 5 mil veces el salario m\u00ednimo general. <br \/>Como se advierte, el prop\u00f3sito del legislador a trav\u00e9s de la reglamentaci\u00f3n del trabajo en r\u00e9gimen de subcontrataci\u00f3n, no fue el de proscribir esta modalidad de empleo ni cerrar a las empresas la posibilidad de un manejo rentable de ciertas actividades que no son estrat\u00e9gicas ni esenciales para el cumplimiento de su objeto social, tales como los servicios de limpieza, seguridad, sistemas, asesor\u00eda jur\u00eddica y contable, entre otros, sino regularla en el entendimiento claro de lo que debe comprenderse por este r\u00e9gimen y evitar que sirva como una v\u00eda para que el patr\u00f3n deje de cumplir con sus obligaciones laborales, fiscales y de cualquier otra \u00edndole. <br \/>Analizado este r\u00e9gimen, en el contexto de la impugnaci\u00f3n de la empresa quejosa, la Segunda Sala determin\u00f3 negarle el amparo solicitado al concluir que es constitucional el sistema establecido en la ley, que protege a los trabajadores ante eventuales pr\u00e1cticas lesivas de empresas, sin que de ello derive la violaci\u00f3n a los derechos de las empresas contratistas. <br \/>Con esta determinaci\u00f3n la Corte contribuye a materializar el prop\u00f3sito de la reforma laboral al establecer que este nuevo r\u00e9gimen que tutela los derechos de los trabajadores se ajusta a nuestra Carta Magna. <br \/>@margaritablunar <br \/>mbluna@mail.scjn.gob.mx \u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&#8211; La nueva legislaci\u00f3n del outsourcing busca evitar que sirva como v\u00eda para que el patr\u00f3n deje de cumplir con sus obligaciones laborales<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-9329","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9329","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9329"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9329\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9329"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9329"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9329"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}