{"id":72855,"date":"2018-10-25T13:46:47","date_gmt":"2018-10-25T13:46:47","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2018\/10\/25\/el-estado-constitucional-de-derecho\/"},"modified":"2018-10-25T13:46:47","modified_gmt":"2018-10-25T13:46:47","slug":"el-estado-constitucional-de-derecho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/el-estado-constitucional-de-derecho\/","title":{"rendered":"El Estado constitucional de Derecho"},"content":{"rendered":"<p>OPINI\u00d3N<br \/>\u00a0\u00a0 \u00a0\u2022\u00a0\u00a0 \u00a0En el modelo democr\u00e1tico las Constituciones no poseen un programa pol\u00edtico en s\u00ed mismas, sino que solo establecen las reglas del juego pol\u00edtico dentro de las cuales gobiernos y legisladores act\u00faan\u2028<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>Suele decirse que no hay democracia sin divisi\u00f3n de poderes. Las democracias constitucionales han dividido el ejercicio del poder en una funci\u00f3n ejecutiva, legislativa y judicial. Esta noci\u00f3n de separaci\u00f3n de poderes fue explicada a detalle por Montesquieu en su obra cl\u00e1sica &#8220;El esp\u00edritu de las leyes&#8221;.<br \/>Para este fil\u00f3sofo, la base de la separaci\u00f3n de poderes se encontraba en el temor de concentrar el poder en una sola persona o cuerpo colegiado. Con sobrada raz\u00f3n, Montesquieu tem\u00eda que si un monarca tambi\u00e9n legislaba podr\u00eda emitir leyes tir\u00e1nicas; si un cuerpo legislativo tambi\u00e9n juzgaba dispondr\u00eda arbitrariamente de la vida de los ciudadanos y que un juez con la facultad de elaborar leyes podr\u00eda devenir en un opresor. A lo largo de los siglos, esta filosof\u00eda pol\u00edtica se ha puesto en pr\u00e1ctica en diversos Estados democr\u00e1ticos y M\u00e9xico no es la excepci\u00f3n.<br \/>Pero no basta la sola divisi\u00f3n de poderes para erigir un Estado constitucional de Derecho. Tambi\u00e9n es fundamental la sumisi\u00f3n del gobierno, los jueces y los legisladores al principio de constitucionalidad, es decir, a las disposiciones contenidas en la Constituci\u00f3n. Algunos autores han planteado dos modelos de interpretaci\u00f3n que sirven para entender el Estado constitucional de Derecho.<br \/>En el modelo constitucionalista, una Constituci\u00f3n contiene en s\u00ed misma un programa pol\u00edtico definido, a partir del cual se gu\u00eda la acci\u00f3n de gobierno. Dicho de otra manera, la Constituci\u00f3n orienta y predetermina la funci\u00f3n ejecutiva y los legisladores simplemente dan cuerpo a este proyecto pol\u00edtico a trav\u00e9s de las leyes. A su vez, los jueces poseen un papel decisivo en tanto revisan la constitucionalidad de las leyes. As\u00ed, en este modelo, los jueces tienen preeminencia porque se consideran guardianes de la Constituci\u00f3n y, en ese papel, incluso pueden desaparecer una ley al declararla inconstitucional.<br \/>En el modelo democr\u00e1tico las Constituciones no poseen un programa pol\u00edtico en s\u00ed mismas, sino que solo establecen las reglas del juego pol\u00edtico dentro de las cuales gobiernos y legisladores act\u00faan. En este modelo, los jueces est\u00e1n limitados al principio de legalidad y solo pueden pronunciarse cuando consideren que la ley rebasa los l\u00edmites establecidos por la Constituci\u00f3n. La preeminencia en este modelo es del legislador, en tanto elabora la ley y sujeta a los jueces a \u00e9sta.<br \/>Como fen\u00f3meno hist\u00f3rico en evoluci\u00f3n permanente, el Estado de Derecho contempor\u00e1neo no se erige \u00fanicamente a partir de la existencia de una Constituci\u00f3n formal. Adem\u00e1s de este requisito, hacen falta dos elementos sin los cuales un Estado de Derecho no puede ser constitucional. En primer lugar, que conforme a los fines del constitucionalismo exista una limitaci\u00f3n del poder y una protecci\u00f3n de los Derechos Humanos.<br \/>En segundo lugar, se requiere que el paradigma constitucionalista sea vigente en el m\u00e1s amplio sentido de la palabra. Lo anterior quiere decir que el constitucionalismo deber ser un referente para la acci\u00f3n pol\u00edtica y jur\u00eddica o, en otras palabras, que el ejercicio del poder p\u00fablico y el sistema de normas que posee una sociedad respeten en la pr\u00e1ctica los principios constitucionales.<br \/>El reto de nuestro pa\u00eds es avanzar hacia un constitucionalismo sustantivo y no solo formal. No se trata \u00fanicamente de erigir un Estado constitucional en la letra o en el esp\u00edritu, sino tambi\u00e9n en la pr\u00e1ctica. La tarea es de todos: autoridades y ciudadanos. Solo de esta manera podremos consolidar el Estado constitucional de Derecho al que la sociedad mexicana aspira.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>OPINI\u00d3N\u00a0\u00a0 \u00a0\u2022\u00a0\u00a0 \u00a0En el modelo democr\u00e1tico las Constituciones no poseen un programa pol\u00edtico en s\u00ed mismas, sino que solo establecen las reglas del juego pol\u00edtico dentro de las cuales gobiernos y legisladores act\u00faan\u2028<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-72855","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72855","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=72855"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72855\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=72855"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=72855"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=72855"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}