{"id":65543,"date":"2018-06-20T11:30:22","date_gmt":"2018-06-20T11:30:22","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2018\/06\/20\/una-sentencia-que-cambia-la-historia\/"},"modified":"2018-06-20T11:30:22","modified_gmt":"2018-06-20T11:30:22","slug":"una-sentencia-que-cambia-la-historia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/una-sentencia-que-cambia-la-historia\/","title":{"rendered":"Una sentencia que cambia la historia"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0\u00a0\u00a0 \u2022\u00a0\u00a0 \u00a0Mi lectura de la sentencia es distinta a la de sus cr\u00edticos. Se trata no solamente de una sentencia hist\u00f3rica, sino de una prodigiosa construcci\u00f3n jur\u00eddica\u2028<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>\u00a0<br \/>Hace unos d\u00edas, un Tribunal Colegiado de Circuito de Reynosa, Tamaulipas, emiti\u00f3 una sentencia que ha generado much\u00edsimos comentarios en los medios de comunicaci\u00f3n y diversas reacciones pol\u00edticas. Se trata del pronunciamiento que resuelve varios juicios de amparo promovidos por personas imputadas en el caso de la desaparici\u00f3n de 43 estudiantes en Iguala, Guerrero.<br \/>En general, los an\u00e1lisis de la sentencia han sido bastante cr\u00edticos (con las notables excepciones de los brillantes art\u00edculos de Hugo A. Concha Cant\u00fa y de Carlos P\u00e9rez V\u00e1zquez, en estas mismas p\u00e1ginas de EL UNIVERSAL), ya que se piensa que los magistrados fueron m\u00e1s all\u00e1 de sus atribuciones al ordenar la creaci\u00f3n de una Comisi\u00f3n de la Verdad y la Justicia, la cual tendr\u00e1 que estar integrada por la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos, la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica y los familiares de los 43 desaparecidos.<br \/>Mi lectura de la sentencia es distinta a la de sus cr\u00edticos. Se trata no solamente de una sentencia hist\u00f3rica, sino de una prodigiosa construcci\u00f3n jur\u00eddica. La argumentaci\u00f3n de la sentencia es muy s\u00f3lida y deber\u00e1 ser objeto, en el futuro, de un minucioso an\u00e1lisis de los especialistas. Pero por lo que interesa a los amables lectores de esta columna, que quiz\u00e1 tengan intereses que van m\u00e1s all\u00e1 de los temas estrictamente jur\u00eddicos, lo cierto es que la sentencia desnuda a la procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia en el pa\u00eds.<br \/>En las p\u00e1ginas de la sentencia se hace un repaso extremadamente minucioso de todos los atropellos, de todas las barbaridades, de todos los abusos que las autoridades cometieron despu\u00e9s de la desaparici\u00f3n de los 43 normalistas. Abundan las referencias a las detenciones arbitrarias, a la incomunicaci\u00f3n de detenidos, al retraso en su puesta a disposici\u00f3n ante el Ministerio P\u00fablico, a las torturas, a la falta de una defensa adecuada, a la tergiversaci\u00f3n de los hechos y un largo cat\u00e1logo de violaciones legales de todo tipo.<br \/>En parte, los atropellos de las autoridades mexicanas (desde la Marina hasta la PGR), ya hab\u00edan sido puestos de manifiesto por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) y por la oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU. En sus respectivos informes se aportaban evidencias de torturas a los detenidos y de la forma abusiva en la que se hab\u00edan realizado las investigaciones, con el objetivo de construir una &#8220;verdad hist\u00f3rica&#8221; que estaba sostenida con hilos, y que la sentencia del Tribunal Colegiado de Reynosa acaba de tumbar de manera inequ\u00edvoca.<br \/>En la sentencia se narran sucesos que, si no fueran derivados de un caso tan tr\u00e1gico, causar\u00edan risa. Por ejemplo, las autoridades refieren que las lesiones que presentan dos detenidos son porque cuando los subieron al veh\u00edculo oficial en el que se les trasladaba, se pelearon entre ellos. Otros dos resultaron lesionados porque estaban ebrios al momento de la detenci\u00f3n, intentaron huir de las autoridades y se cayeron, produci\u00e9ndose toda clase de lesiones. En otro caso las autoridades justifican que de Cuernavaca a la Ciudad de M\u00e9xico hayan tardado 11 horas y media en trasladar a unos detenidos, argumentando que se les ponch\u00f3 una llanta, luego se les calent\u00f3 el veh\u00edculo (raz\u00f3n por lo cual tuvieron que detenerse cada 20 o 30 minutos) y adem\u00e1s hab\u00eda varias marchas ese d\u00eda en la capital de la Rep\u00fablica. Incre\u00edble.<br \/>Respecto de las lesiones, la sentencia acredita mediante los dict\u00e1menes m\u00e9dicos que obran en el expediente, que se iban incrementando: los detenidos presentan diversas lesiones cuando son entregados al Ministerio P\u00fablico y conforme pasan las horas dichas lesiones van creciendo (como producto de la tortura, cabe se\u00f1alar), sin que sus abogados defensores en alg\u00fan momento reclamen por el estado f\u00edsico desastroso de sus defendidos. <br \/>Todo ello deber\u00eda hacer reflexionar a los cr\u00edticos de la sentencia no solo respecto a los efectos de la misma, sino sobre la cantidad de atropellos cometidos por las autoridades. <br \/>En todo caso, tanto si estamos de acuerdo con su contenido como si no, lo cierto es que se trata de un documento que pasar\u00e1 a la historia jur\u00eddica del pa\u00eds y que debe ser le\u00eddo, analizado y difundido por todos nosotros. Desde mi punto de vista, es una pieza que ya nadie puede ignorar en la b\u00fasqueda de la verdad y la justicia para los 43 desaparecidos de Guerrero y sus familias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0\u00a0\u00a0 \u2022\u00a0\u00a0 \u00a0Mi lectura de la sentencia es distinta a la de sus cr\u00edticos. 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