{"id":59472,"date":"2018-03-23T14:54:14","date_gmt":"2018-03-23T14:54:14","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2018\/03\/23\/corte-solapadora\/"},"modified":"2018-03-23T14:54:14","modified_gmt":"2018-03-23T14:54:14","slug":"corte-solapadora","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/corte-solapadora\/","title":{"rendered":"\u00bfCorte solapadora?"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0\u2022\u00a0\u00a0 \u00a0\u00bfPor qu\u00e9 la Suprema Corte ha venido adoptando posturas conservadoras y regresivas que replican los intereses que sostiene el Poder Ejecutivo actual? Porque no asume su calidad de Poder constitucional, diferente al Ejecutivo, cuya funci\u00f3n deber\u00eda ser, precisamente, equilibrar al otro Poder, lo que no hace; por tanto, pierde legitimidad\u2028<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>\u00a0<br \/>Los d\u00edas 12 y 13 de marzo de este a\u00f1o la Suprema Corte resolvi\u00f3 sobre las acciones de inconstitucionalidad 10\/2014 y su acumulada 11\/2014, promovidas por la Comisi\u00f3n Nacional de Derechos Humanos y el antiguo Instituto Federal de Acceso a la Informaci\u00f3n en contra de diversos art\u00edculos del C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales. La decisi\u00f3n mayoritaria de la Suprema Corte que est\u00e1 por conocerse plenamente, pues a\u00fan no se difunde el engrose de la resoluci\u00f3n, constituye junto con la Ley de Seguridad Interior y otras decisiones del actual gobierno, un eslab\u00f3n jur\u00eddico m\u00e1s en la construcci\u00f3n de un Estado Policiaco-Militar, caracterizado por: 1) Ser un Estado que mantiene un estricto control social sobre las sociedades; 2) A diferencia de los Estados democr\u00e1ticos, en el Estado policiaco, la seguridad no tiene fundamento en los derechos humanos ni en la voluntad democr\u00e1tica de los pueblos, sino en el poder policiaco o militar que expresa a su vez el poder de la oligarqu\u00eda; y, 3) Las polic\u00edas y fuerzas armadas en contra de la Constituci\u00f3n pero con apoyo en la ley o en decisiones judiciales incrementan desmesuradamente sus facultades frente a la poblaci\u00f3n.<br \/>La determinaci\u00f3n de la Corte al resolver las acciones de inconstitucionalidad citadas pertenece al esquema del Estado Policiaco-Militar porque: 1) Permite que la polic\u00eda, sin orden judicial o de autoridad competente, inspeccione personas y veh\u00edculos m\u00e1s all\u00e1 de los casos de flagrancia; 2) Se accede indebidamente a que no se respeten los principios del debido proceso durante la investigaci\u00f3n de los delitos; 3) El concepto jur\u00eddico &#8220;sospecha razonable&#8221;, que faculta a inspeccionar en casos diversos a la flagrancia, es totalmente ambiguo y abre la puerta a la arbitrariedad de las polic\u00edas durante las investigaciones; 4) Las &#8220;inspecciones policiacas&#8221; entra\u00f1an legalizar, por encima de una autorizaci\u00f3n judicial, controles preventivos durante las investigaciones, limitando la libertad de acci\u00f3n y movimiento de las personas; 5) No existen, ni en la ley ni en la decisi\u00f3n de la Corte, procedimientos para regular las inspecciones de personas y veh\u00edculos \u2014se violenta el principio de legalidad\u2014; 6) La Corte se olvida de sus propios precedentes porque en materia de controles preventivos, \u00e9stos seg\u00fan la doctrina de la Corte, s\u00f3lo proceden en caso de flagrancia, y en las dem\u00e1s hip\u00f3tesis se debe contar con autorizaci\u00f3n judicial; 7) En nuestro marco jur\u00eddico hasta ahora y, durante la investigaci\u00f3n de los delitos, es imprescindible la autorizaci\u00f3n judicial sobre diligencias de la polic\u00eda; 8) La resoluci\u00f3n de la Corte no prev\u00e9 garant\u00edas m\u00ednimas a favor de los gobernados para oponerse leg\u00edtimamente a las inspecciones polic\u00edacas; 9) Se legalizan los retenes en las calles y carreteras del pa\u00eds; y, 10) La Corte se aparta del modelo garantista a favor de las personas a que le obliga el art\u00edculo 1 constitucional. De esta aberrante decisi\u00f3n mayoritaria fue ponente el ministro Javier L\u00e1ynez, cuestionado en el Senado de la Rep\u00fablica por diversos legisladores durante su procedimiento de ratificaci\u00f3n. Se impugn\u00f3 esa propuesta de Pe\u00f1a Nieto porque L\u00e1ynez ha sido siempre un abogado al servicio de los gobiernos en turno, sean del PRI o del PAN.<br \/>\u00bfPor qu\u00e9 la Suprema Corte ha venido adoptando posturas conservadoras y regresivas que replican los intereses que sostiene el Poder Ejecutivo actual? Porque no asume su calidad de Poder constitucional, diferente al Ejecutivo, cuya funci\u00f3n deber\u00eda ser, precisamente, equilibrar al otro Poder, lo que no hace; por tanto, pierde legitimidad. La Corte es incapaz de advertir que con decisiones como la arbitraria &#8220;inspecci\u00f3n policiaca&#8221; aleja a nuestra naci\u00f3n del Estado constitucional y democr\u00e1tico, acerc\u00e1ndola a un Estado autoritario y represivo. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0\u2022\u00a0\u00a0 \u00a0\u00bfPor qu\u00e9 la Suprema Corte ha venido adoptando posturas conservadoras y regresivas que replican los intereses que sostiene el Poder Ejecutivo actual? Porque no asume su calidad de Poder constitucional, diferente al Ejecutivo, cuya funci\u00f3n deber\u00eda ser, precisamente, equilibrar al otro Poder, lo que no hace; por tanto, pierde legitimidad\u2028<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-59472","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/59472","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=59472"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/59472\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=59472"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=59472"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=59472"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}