{"id":56324,"date":"2018-01-30T15:27:26","date_gmt":"2018-01-30T15:27:26","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2018\/01\/30\/telecomunicando-un-ift-sin-prisa\/"},"modified":"2018-01-30T15:27:26","modified_gmt":"2018-01-30T15:27:26","slug":"telecomunicando-un-ift-sin-prisa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/telecomunicando-un-ift-sin-prisa\/","title":{"rendered":"Telecomunicando Un IFT sin prisa"},"content":{"rendered":"<p>El nombre del juego parece claro: ganar tiempo, mantener el status quo, igual que antes, igual que siempre.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>Lo m\u00e1s importante del ecosistema en telecomunicaciones es el resultado, es lo que se busca pues; que los servicios que se prestan cumplan con la calidad debida y tengan precios adecuados. Si los servicios son malos, entonces el Estado debe ofrecer el remedio a trav\u00e9s de obligaciones que imponga a los operadores con sus respectivas sanciones en caso de que no cumplan, y debe tambi\u00e9n dotar a los usuarios de mecanismos de protecci\u00f3n tal y como lo estableci\u00f3 la reforma constitucional de 2013 y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n de 2014.<br \/>Ahora bien, dos \u00f3rganos son los competentes para proteger a los usuarios de telecom: el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Profeco. El primero, dotado de autonom\u00eda, enormes atribuciones y presupuesto, es el encargado de establecer la regulaci\u00f3n para detallar los par\u00e1metros t\u00e9cnicos que deben cumplir los proveedores de los diferentes servicios, as\u00ed como fijar la metodolog\u00eda de medici\u00f3n, medir, realizar monitoreos, supervisar a los operadores y sancionarlos en caso de incumplimiento de sus t\u00edtulos y de la normatividad aplicable. Profeco, que poco le import\u00f3 a Pe\u00f1a Nieto, pues ha tenido seis procuradores en cinco a\u00f1os, mira las cosas m\u00e1s del lado del consumidor, regulando y revisando las relaciones entre \u00e9stos y los operadores a trav\u00e9s de los contratos de adhesi\u00f3n que autoriza, prohibiendo la publicidad enga\u00f1osa y aplicando la ley del consumidor y normas oficiales como la NOM 184, la conciliaci\u00f3n en caso de quejas del usuario y tambi\u00e9n puede sancionar a los operadores en caso de violaciones al contrato y a la relaci\u00f3n proveedor-consumidor.<br \/>Como ve, es indispensable contar con \u00edndices que midan la calidad de los servicios; de lo contrario, m\u00e1s all\u00e1 de la percepci\u00f3n del usuario, no habr\u00eda forma de conocer y probar con certeza si los operadores est\u00e1n cumpliendo con lo que ofrecen y con lo que la regulaci\u00f3n se\u00f1ala.<br \/>\u00bfQu\u00e9 ha pasado en esta materia? Hagamos un recuento: el IFT se integr\u00f3 en septiembre de 2013; la ley entr\u00f3 en vigor en agosto de 2014; el instituto someti\u00f3 a consulta p\u00fablica en junio de 2015 los lineamientos que fijan los \u00edndices y par\u00e1metros de calidad a que deber\u00e1n sujetarse los prestadores del servicio m\u00f3vil, y en abril de 2016 mejora regulatoria emiti\u00f3 opini\u00f3n. Pero fue apenas el 17 de enero de 2018 que se publicaron en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n estos lineamientos \u00bfPor qu\u00e9 un documento tan relevante tard\u00f3 21 meses en publicarse?<br \/>Pero eso no es todo, la obligaci\u00f3n de cumplimiento de los \u00edndices de calidad entrar\u00e1 en vigor el 1 de enero de 2019, mientras tanto, los resultados de las mediciones ser\u00e1n s\u00f3lo de car\u00e1cter informativo, o sea, no habr\u00e1 sanciones por incumplimiento a los operadores. La justificaci\u00f3n que da el instituto para tan largo plazo de gracia es la siguiente:<br \/>&#8220;Se establece un periodo de un a\u00f1o en el que los \u00edndices de calidad ser\u00e1n de car\u00e1cter informativo. Esto con la finalidad de que, por un lado, el instituto cuente con el equipamiento necesario para realizar las mediciones en campo y, por otro lado, para poder aplicar la metodolog\u00eda estad\u00edstica la cual establece que las mediciones se deben llevar a cabo durante todo el a\u00f1o con la finalidad de obtener un promedio ponderado del desempe\u00f1o de la red a nivel nacional y contar con un tama\u00f1o de muestra que sea representativo de las diferentes redes. Adem\u00e1s, la metodolog\u00eda de muestreo toma en cuenta valores de medidas de tendencia y medidas de dispersi\u00f3n como la media y la desviaci\u00f3n est\u00e1ndar, las cuales ser\u00e1n obtenidas a partir de resultados de mediciones previas; estas medidas estad\u00edsticas ser\u00e1n utilizadas para calibrar el modelo de muestreo estratificado que permita obtener un tama\u00f1o de muestra adecuado al nivel de representatividad esperado&#8221;.<br \/>Pero curiosamente este plazo de gracia de un a\u00f1o no estaba en el anteproyecto original de lineamientos que se someti\u00f3 a consulta, se otorgaban 60 d\u00edas naturales para que los operadores cumplieran con los \u00edndices de calidad y ser\u00edan sancionados en caso contrario; la Anatel pidi\u00f3 12 meses e incluso el IFT respondi\u00f3 que ser\u00edan dos a\u00f1os y no uno para cumplir con los \u00edndices &#8220;con el objeto de contar con un periodo de prueba donde se puedan calibrar los equipos de medici\u00f3n as\u00ed como realizar aquellos ajustes que requieran las redes de los concesionarios&#8221;, pero nunca mencion\u00f3 que era para cubrir una carencia del instituto como lo explican ahora los lineamientos publicados. De hecho, en el proyecto sometido al pleno se otorgaban dos a\u00f1os. Nada de esto parece tener mucha racionalidad, aun suponiendo que la raz\u00f3n que dan ahora estuviera justificada: 60 d\u00edas, dos a\u00f1os, un a\u00f1o\u2026 err\u00e1tico. Es grave que m\u00e1s de cuatro a\u00f1os despu\u00e9s de su integraci\u00f3n, el instituto diga que no cuenta con equipo para hacer mediciones, la \u00faltima que tiene registrada en su sitio es de 2015. <br \/>Los lineamientos sustituyen al Plan T\u00e9cnico Fundamental de Calidad del Servicio Local M\u00f3vil de agosto de 2011, que a partir de su publicaci\u00f3n dio un plazo de 90 d\u00edas para cumplir, no de un a\u00f1o. Al menos hubiesen dejado vivos y sancionables los anteriores \u00edndices de calidad mientras \u201ctodos calibraban\u201d; el IFT decidi\u00f3 amarrarse las manos durante todo 2018, \u00bfpor qu\u00e9?<br \/>El nombre del juego parece claro: ganar tiempo, patear el bal\u00f3n, mantener el status quo, igual que antes, igual que siempre. \u00bfD\u00f3nde est\u00e1 la separaci\u00f3n funcional de Am\u00e9rica M\u00f3vil que suda preponderancia?, \u00bfd\u00f3nde la regulaci\u00f3n asim\u00e9trica de Televisa dominante en tv de paga?, \u00bfd\u00f3nde la nueva NOM 184 a cargo de la Secretar\u00eda de Econom\u00eda y Profeco?, \u00bfpor qu\u00e9 no hay una definici\u00f3n de competencia efectiva?, \u00bfpor qu\u00e9 apenas sacaron a consulta los lineamientos de banda ancha?, \u00bfpor qu\u00e9 el instituto suspendi\u00f3 los lineamientos de las audiencias?, \u00bfpor qu\u00e9 enmudeci\u00f3 ante la atroz reforma legislativa que los mengu\u00f3?, \u00bfpor qu\u00e9 no ha defendido su autonom\u00eda?, \u00bfpor qu\u00e9 emiti\u00f3 lineamientos de servicios m\u00f3viles con \u00edndices de calidad de exigencia transexenal?, \u00a1por qu\u00e9 somos as\u00ed, carajo!<br \/>\u00a0<br \/>*Presidenta de Observatel y profesora de la Universidad Iberoamericana en M\u00e9xico. Twitter: @soyirenelevy<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El nombre del juego parece claro: ganar tiempo, mantener el status quo, igual que antes, igual que siempre.<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-56324","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56324","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=56324"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56324\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=56324"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=56324"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=56324"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}