{"id":5408,"date":"2015-05-20T05:00:00","date_gmt":"2015-05-20T05:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2015\/05\/20\/la-corte-por-una-efectiva-portabilidad-numerica\/"},"modified":"2015-05-20T05:00:00","modified_gmt":"2015-05-20T05:00:00","slug":"la-corte-por-una-efectiva-portabilidad-numerica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/la-corte-por-una-efectiva-portabilidad-numerica\/","title":{"rendered":"La Corte, por una efectiva portabilidad num\u00e9rica"},"content":{"rendered":"<p>OPINI\u00d3N<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>Desde el a\u00f1o de 2008, cuando se implant\u00f3 la portabilidad de n\u00fameros telef\u00f3nicos en el pa\u00eds, seg\u00fan datos proporcionados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), se ha permitido la portaci\u00f3n de m\u00e1s de 17 millones de n\u00fameros. <br \/>Hoy d\u00eda las actividades econ\u00f3micas se dan en un n\u00famero cada vez mayor a trav\u00e9s de la red global de telecomunicaciones, tanto las personas f\u00edsicas como las empresas se reconocen en muchas ocasiones por su n\u00famero telef\u00f3nico, por lo que su cambio puede tener implicaciones econ\u00f3micas o generar limitaciones al tener que informar a sus contactos de su nuevo n\u00famero. <br \/>De ah\u00ed la importancia de la portabilidad num\u00e9rica que permite a los usuarios conservar el mismo n\u00famero telef\u00f3nico al cambiarse de concesionario o prestador de servicios, mecanismo que adem\u00e1s les da la posibilidad de optar en funci\u00f3n de las condiciones de calidad y precio, incentivando la oferta de nuevos servicios de telecomunicaciones en aprovechamiento de la tecnolog\u00eda y la convergencia de servicios. <br \/>La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n, publicada en julio de 2014, reconoci\u00f3 como derecho de los usuarios la portabilidad gratuita del n\u00famero telef\u00f3nico, tanto como el derecho a elegir libremente su proveedor, imponiendo al IFT en el art\u00edculo 38 transitorio, la obligaci\u00f3n de emitir las reglas administrativas necesarias que eliminen requisitos que puedan retrasar o impedir la portabilidad num\u00e9rica y, en su caso, promover que se haga a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos, garantizando una portabilidad efectiva y que la misma se realice en un plazo no mayor a 24 horas contadas a partir de la solicitud. As\u00ed tambi\u00e9n, que para realizar la portaci\u00f3n s\u00f3lo ser\u00e1 necesaria la identificaci\u00f3n del titular y la manifestaci\u00f3n de voluntad del usuario. <br \/>En cumplimiento a este mandato, el IFT emiti\u00f3 las Reglas de Portabilidad Num\u00e9rica en las que estableci\u00f3, entre otras cuestiones, un plazo m\u00e1ximo general de 24 horas para todos los servicios (m\u00f3vil y fijo), contadas a partir de que se ingrese la solicitud, siempre y cuando esto ocurra entre las 11 y las 17 horas del horario de referencia en d\u00eda h\u00e1bil, en tanto que las presentadas en horario posterior se considerar\u00e1n ingresadas a las 11 horas del d\u00eda h\u00e1bil siguiente, salvo en el servicio fijo que corren a partir de que concluye la instalaci\u00f3n de la infraestructura f\u00edsica en el domicilio del usuario. <br \/>As\u00ed tambi\u00e9n, la obtenci\u00f3n de un n\u00famero de identificaci\u00f3n personal (NIP) mediante un mensaje de texto o un mensaje de voz, utilizando el c\u00f3digo habilitado gratuitamente por los proveedores con el n\u00famero 051. <br \/>Tales reglas se declararon v\u00e1lidas por la Corte al resolver la controversia constitucional que promovi\u00f3 el Senado, por considerar que contrario a lo que \u00e9ste argument\u00f3, no imponen a los usuarios condiciones o requisitos adicionales a los que establece la ley. <br \/>En su resoluci\u00f3n, la Corte estim\u00f3 que el IFT, en ejercicio de la facultad regulatoria que la Constituci\u00f3n le confiere \u2014acotada por supuesto a la propia Constituci\u00f3n y a la ley\u2014, se limit\u00f3 a regular la forma en que debe entenderse el plazo legal de 24 horas, estableciendo que deben computarse en un horario h\u00e1bil fijo de las 11 a las 17 horas, tomando en cuenta los procesos que deben coordinar el concesionario o proveedor donante tanto como el receptor, los procesos de validaci\u00f3n, incluso los diferentes husos horarios en nuestro pa\u00eds y otras muchas circunstancias de orden t\u00e9cnico. <br \/>De igual manera, que el IFT no impone ning\u00fan requisito adicional a los que establece la ley y que efectivamente se reducen a la identificaci\u00f3n del usuario y su voluntad de optar por un diverso proveedor, pues justamente a trav\u00e9s del NIP se adquiere la certeza de que la solicitud de portabilidad es originada por la voluntad de un usuario plenamente identificado. <br \/>Con este fallo, la Corte salvaguarda los derechos de los usuarios, garantizando la efectiva portabilidad num\u00e9rica, en los t\u00e9rminos que el legislador previ\u00f3. <br \/>@margaritablunar mbluna@mail.scjn.gob.mx \u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>OPINI\u00d3N<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-5408","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5408","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5408"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5408\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5408"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5408"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5408"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}