{"id":45301,"date":"2017-07-28T12:39:34","date_gmt":"2017-07-28T12:39:34","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2017\/07\/28\/competencia-pareja-y-sin-abusos\/"},"modified":"2017-07-28T12:39:34","modified_gmt":"2017-07-28T12:39:34","slug":"competencia-pareja-y-sin-abusos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/competencia-pareja-y-sin-abusos\/","title":{"rendered":"Competencia pareja y sin abusos"},"content":{"rendered":"<p>\u00a0\u2022\u00a0\u00a0 \u00a0Desde septiembre de 2014, la Sala Especializada ha venido resolviendo en primera instancia las quejas en materia electoral, particularmente las relacionadas con radio y TV. La Sala Superior las conoce en revisi\u00f3n\u2028<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>El pasado 20 de julio, el Consejo General del INE aprob\u00f3 un par de lineamientos que buscan garantizar un piso parejo para todos los aspirantes a cargos de elecci\u00f3n de cara al pr\u00f3ximo proceso electoral federal. Las medidas dejaron inconformes a los partidos pol\u00edticos. Algunos acusaron al INE de crear reglas con dedicatoria; otros, de llegar dos a\u00f1os tarde a la soluci\u00f3n del problema generado por la continua promoci\u00f3n personal de dirigentes partidistas en los tiempos oficiales de radio y TV.<br \/>Ambas cr\u00edticas pasan por alto un aspecto de enorme relevancia: desde la reforma electoral de 2014, el INE dej\u00f3 de ser la autoridad resolutora de las quejas relacionadas con el uso de los tiempos oficiales de radio y TV por parte de los partidos pol\u00edticos o con los actos anticipados de pre campa\u00f1a y campa\u00f1a. Dicha responsabilidad recay\u00f3 en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF), que para desahogarla cre\u00f3 una Sala Especializada con sede en la Ciudad de M\u00e9xico.<br \/>Desde septiembre de 2014, la Sala Especializada ha venido resolviendo en primera instancia las quejas en materia electoral, particularmente las relacionadas con radio y TV. La Sala Superior las conoce en revisi\u00f3n. Al INE le corresponde, a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n de Quejas, el pronunciamiento sobre la procedencia de las medidas cautelares y luego la investigaci\u00f3n de los hechos. Pero quien juzga y resuelve al final del d\u00eda es el TEPJF.<br \/>A menudo, el pronunciamiento sobre la solicitud de medidas cautelares suele ser la parte del procedimiento que m\u00e1s llama la atenci\u00f3n de la opini\u00f3n p\u00fablica, casi como si fuera el fin de la historia. Pero s\u00f3lo es el principio y, desde el punto de vista jur\u00eddico, quiz\u00e1s la parte menos relevante, pues lo que importa es la resoluci\u00f3n de fondo. De hecho, la Comisi\u00f3n de Quejas del INE trata de aplicar a casos espec\u00edficos los criterios que el TEPJF sienta al resolver el fondo de los asuntos.<br \/>Por ello, result\u00f3 algo extra\u00f1o cuando la Sala Superior del TEPJF orden\u00f3 al INE hace unos meses la emisi\u00f3n de lineamientos con el fin de regular la promoci\u00f3n personal de dirigentes y portavoces de los partidos pol\u00edticos en los tiempos oficiales de radio y TV. El asunto hab\u00eda sido materia de diversas quejas que el TEPJF hab\u00eda declarado infundadas, pero que se\u00f1alaban un problema que deb\u00eda atenderse antes del inicio del proceso electoral. Por ello, el TEPJF abandon\u00f3 la ruta de la construcci\u00f3n casu\u00edstica de criterios y pidi\u00f3 al INE la emisi\u00f3n de reglas generales.<br \/>Pero en la elaboraci\u00f3n de los lineamientos ordenados por el TEPJF, el INE encontr\u00f3 que el abuso del derecho no s\u00f3lo pod\u00eda presentarse en los tiempos oficiales de radio y TV que les corresponden a los partidos pol\u00edticos. La difusi\u00f3n de informes de labores de servidores p\u00fablicos, as\u00ed como la publicidad de libros y revistas, abr\u00edan otras rutas para ampliar el criterio de lo que orden\u00f3 el TEPJF: el abuso de derecho para la promoci\u00f3n personal con fines pol\u00edtico electorales.<br \/>Por esta raz\u00f3n, el INE decidi\u00f3 ir m\u00e1s all\u00e1 del mandato del Tribunal y lo que eran originalmente varias medidas con el fin regular el uso de los tiempos oficiales en radio y TV se convirti\u00f3 en lineamientos para nivelar el terreno de la contienda una vez iniciado el proceso electoral. La figura principal a regular pas\u00f3 del uso indebido de la pauta \u2014una construcci\u00f3n jur\u00eddica del TEPJF\u2014 a los actos anticipados de precampa\u00f1a y campa\u00f1a, una prohibici\u00f3n establecida expresamente en la ley.<br \/>Asimismo, el alcance de los lineamientos aprobados por el INE fue m\u00e1s all\u00e1 de los dirigentes y portavoces de los partidos pol\u00edticos, para incluir a todos los aspirantes a cargos de elecci\u00f3n popular. El mensaje es muy claro: no podemos regular a unos y dejar sueltos a otros. El piso debe ser parejo para todos una vez que arranca el periodo para la preparaci\u00f3n de las elecciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0\u2022\u00a0\u00a0 \u00a0Desde septiembre de 2014, la Sala Especializada ha venido resolviendo en primera instancia las quejas en materia electoral, particularmente las relacionadas con radio y TV. 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