{"id":39851,"date":"2017-04-19T11:05:10","date_gmt":"2017-04-19T11:05:10","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2017\/04\/19\/gratuita-la-primera-copia-del-acta-de-nacimiento\/"},"modified":"2017-04-19T11:05:10","modified_gmt":"2017-04-19T11:05:10","slug":"gratuita-la-primera-copia-del-acta-de-nacimiento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/gratuita-la-primera-copia-del-acta-de-nacimiento\/","title":{"rendered":"Gratuita, la primera copia del acta de nacimiento"},"content":{"rendered":"<p>La inscripci\u00f3n del nacimiento de las personas en el Registro Civil es un elemento esencial e imprescindible del derecho a la identidad<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>La Corte declar\u00f3 inconstitucionales diversas disposiciones que en algunos municipios de la Rep\u00fablica impon\u00edan un cobro por el registro extempor\u00e1neo de menores ante el Registro Civil y la expedici\u00f3n de la primera copia certificada del acta de nacimiento, as\u00ed como de aquellas que sancionaban con multa a los padres del menor que solicitaran su registro fuera del plazo de seis meses, por considerarlas violatorias del derecho humano a la identidad.<br \/>Todas las personas hemos requerido en alg\u00fan momento de nuestra acta de nacimiento para muy diferentes tr\u00e1mites, sea para ingresar a la escuela o a un trabajo, para obtener el pasaporte o la credencial para votar con fotograf\u00eda que adem\u00e1s de permitirnos ejercer nuestros derechos pol\u00edtico-electorales, hoy por hoy constituye un documento de identificaci\u00f3n personal necesario para otras muchas gestiones.<br \/>La inscripci\u00f3n del nacimiento de las personas en el Registro Civil es un elemento esencial e imprescindible del derecho a la identidad, es por ello que desde hace ya varios a\u00f1os se han desarrollado esfuerzos importantes tanto por instancias internacionales, como la UNICEF, como por nuestras propias autoridades, para alcanzar una mayor cobertura del registro de nacimientos.<br \/>A partir de la inscripci\u00f3n del nacimiento, la persona cobra existencia legal para el Estado, cuenta con un nombre y apellidos que le identifican, una nacionalidad y una filiaci\u00f3n, todo lo cual le permite ejercer otros derechos humanos, como los inherentes a la nacionalidad y a la ciudadan\u00eda.<br \/>En 2014 se adicion\u00f3 el art\u00edculo 4\u00ba constitucional para reconocer el derecho que tienen las personas a la identidad y a ser registradas de manera inmediata a su nacimiento y se impuso al Estado la obligaci\u00f3n de garantizar su cumplimiento. As\u00ed tambi\u00e9n, se estableci\u00f3 que la autoridad competente deber\u00e1 expedir gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.<br \/>Esto significa que nuestra Constituci\u00f3n confiri\u00f3 una amplia protecci\u00f3n al derecho a la identidad, incluso mayor que la prevista en los tratados internacionales, garantizando que dicho derecho se materialice en favor de las personas a trav\u00e9s de su inscripci\u00f3n en el Registro Civil y la expedici\u00f3n de la primera copia certificada del acta de manera totalmente gratuita, sin establecer excepci\u00f3n alguna a esa gratuidad.<br \/>De ah\u00ed que el Tribunal Pleno de la Corte resolviera declarar la inconstitucionalidad de las disposiciones que en algunos municipios establec\u00edan el pago por el tr\u00e1mite del registro de nacimiento cuando se realizara de manera extempor\u00e1nea, e incluso aquellas disposiciones que se\u00f1alaban una multa a los padres por la declaraci\u00f3n extempor\u00e1nea del nacimiento, pues es claro que el texto constitucional no establece plazo alguno para solicitar el registro.<br \/>Por tanto, si no se puede condicionar la gratuidad de la inscripci\u00f3n en el Registro Civil y la expedici\u00f3n de la primera copia certificada del acta de nacimiento a plazo alguno, ello significa que ambos derechos se pueden ejercer en forma gratuita en cualquier momento y que el cobro de derechos por registro extempor\u00e1neo, como el que se pretend\u00eda realizar por diversos municipios, ha quedado proscrito y las leyes estatales y municipales no pueden fijar plazos que les autorice su cobro.<br \/>Por esta misma raz\u00f3n, la Corte estim\u00f3 que no s\u00f3lo ser\u00eda inconstitucional el cobro por el registro extempor\u00e1neo, sino tambi\u00e9n otro tipo de medidas y pr\u00e1cticas que atenten contra la gratuidad de la expedici\u00f3n de la primera acta de nacimiento, como fijar una vigencia o fecha de expiraci\u00f3n para su validez oficial, o requerir que la misma tenga un l\u00edmite de antig\u00fcedad para realizar alg\u00fan tr\u00e1mite, pues con ello se obligar\u00eda a las personas a solicitar la expedici\u00f3n a su costa de nuevas copias, anulando la intenci\u00f3n del Constituyente con esta reforma constitucional.<br \/>Todo lo anterior, en la inteligencia de que las subsecuentes copias certificadas del acta que se soliciten, generar\u00e1n el cobro de los derechos respectivos, lo mismo que otros servicios adicionales, como por ejemplo la inscripci\u00f3n del nacimiento en el domicilio de los solicitantes.<br \/>Con este fallo, la Corte reconoce y hace efectiva la amplia tutela que nuestra Ley Fundamental brinda al derecho de las personas a la identidad. <br \/>@margaritablunar mbluna@mail.scjn.gob.mx<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La inscripci\u00f3n del nacimiento de las personas en el Registro Civil es un elemento esencial e imprescindible del derecho a la identidad<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-39851","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39851","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=39851"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/39851\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=39851"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=39851"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=39851"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}